Resolución N° 5329 - 02.09.2016

INCORPÓRASE, el Anexo 12-B al Compendio de Normas Aduaneras, la Declaración Jurada de Valor para las exportaciones de productos mineros.

RESOLUCIÓN EXENTA N° 5329

Valparaíso, 02.09.2016

VISTOS:

El Compendio de Normas Aduaneras, actualizado por la Resolución N° 1.300/2006, de esta Dirección Nacional, publicado en el Diario Oficial el 17.11.2008.

La resolución N° 7258 de 26.12.2014 del Director Nacional de Aduanas, que incorpora al Compendio de Normas Aduaneras una serie de mecanismos para el control de la exportación de productos mineros.

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de la reforma tributaria y los compromisos institucionales se deben mejorar la fiscalización de productos mineros y desarrollar procedimientos de control efectivo y disuasivo de los actos de evasión tributaria.

Que, las exportaciones de productos mineros requieren procesos complejos de medición en lo que se refiere a su peso, humedad y leyes de fino contenido.

Que, es necesario disponer al momento de la tramitación del DUS (AT) primer mensaje, de información suficiente y vinculante, que nos informe las condiciones reales en la venta para exportación, la efectividad de esa compraventa y las condiciones convenidas por las partes para la determinación final del precio.

Que, para mejorar los procedimientos de control de las exportaciones de productos mineros, es necesario actualizar las instrucciones administrativas.

TENIENDO PRESENTE:

Lo dispuesto en el artículo 4°, Nº 8 del DFL 329, de 1979, y la Resolución Nº 1600 de 2008 de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de toma de razón, dicto la siguiente:

RESOLUCIÓN:

I. MODIFÍCASE, el Compendio de Normas Aduaneras, establecido por la Resolución N° 1300/2006 del Director Nacional de Aduanas, como se indica:

a. INCORPÓRASE, como Anexo 12-B del Compendio de Normas Aduaneras, la Declaración Jurada de Valor para las exportaciones de productos mineros y sus respectivas instrucciones de llenado.

b. AGRÉGASE, en el numeral 3.10 del Capítulo IV, letra k, a continuación del punto como último párrafo lo siguiente:

"Para aquellos productos correspondientes a exportaciones de productos mineros, deberá completar y anexar a la carpeta de despacho, copia de la "Declaración Jurada de Valor para las exportaciones de productos mineros", en el formato y de acuerdo a las instrucciones de llenado señaladas en el Anexo 12-B del Compendio de Normas Aduaneras".

II. La presente resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial.

III. Como consecuencia de lo anterior, sustitúyase la hoja N° 7-A del Capítulo IV del Compendio de Normas y agréguese a los Anexos del mismo Compendio, la hoja del Anexo 12-B y las hojas 12-B-1 y 12-B-2 correspondientes a las Instrucciones de llenado, por las que se adjuntan a la presente resolución.

ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EL DIARIO OFICIAL Y EN LA PÁGINA WEB DEL SERVICIO

 

JUAN ARAYA ALLENDE

DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS (TyP)

 

CSV/MPMR/JUM/RPV/GLH/AKOA/HNV/MBZ

DISTRIBUCIÓN:

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