Resolución 2723 04.05.2017

RESOLUCIÓN EXENTA Nº  2723

VALPARAÍSO, 04.05.2017

  

VISTOS: La Resolución N° 7591 del 2 de octubre de 2012, mediante la cual se aprobaron las “Normas sobre la Presentación Electrónica del Manifiesto de Carga por Vía Marítima”.

 La Resolución N° 4558 del 30 de julio de 2015, mediante la cual se modificaron los plazos de presentación de los mensajes de los conocimientos de embarque.

 CONSIDERANDO: Que, el numeral 1.3 de la Resolución 4558 de 2015 modificó el numeral 4.4 de la Resolución N° 7591 de 2012, estableciendo los plazos de presentación de los B/L hijos y nietos, plazos que dependían, a su vez, del plazo de presentación del B/L del cual derivan, señalando que estos mensajes debían ser transmitidos a lo menos, 48 horas corridas previas al arribo estimado de la nave, tratándose de conocimientos de embarque que derivaren de otro cuyo plazo de presentación fuera de 96 horas corridas previas a su arribo estimado, o a lo menos, 24 horas corridas previas al arribo estimado, tratándose de conocimientos de embarque que derivaren de otro cuyo plazo de presentación fuera de 48 horas corridas previas al arribo estimado de la nave.

 Que, erróneamente se ha interpretado que en todos los casos, el plazo de presentación de los B/L “nietos” corresponde a 24 horas corridas previas al arribo estimado de la nave, dado que derivan de un B/L “hijo” cuyo plazo de presentación es de 48 horas.

 Que, es necesario aclarar que, tratándose de mensajes de conocimientos de embarque “hijos” o “nietos”, el plazo de presentación de dichos mensajes, tanto de los “hijos” como de los “nietos”, corresponde a 48 horas corridas previas al arribo estimado de la nave, cuando derivan de un B/L máster cuyo plazo de presentación es de 96 horas corridas previas a su arribo estimado, y que cuando dichos B/L “hijos” o “nietos” derivan de un B/L máster cuyo plazo de presentación es de 48 horas corridas previas a su arribo estimado, como es el caso de las cargas embarcadas en puertos de Panamá, Colombia y Ecuador, los mensajes de los B/L “hijos” y “nietos” deben ser presentados a lo menos, 24 horas corridas previas al arribo estimado de la nave.

 Que por lo anterior se hace necesario modificar el numeral 4.4 de la Resolución N° 7591 de 2012, y

  

TENIENDO PRESENTE: Las normas citadas, la Resolución N° 1600 de 2008 de la Contraloría General de la República sobre exención de trámite de toma de razón y las facultades que me confiere el número 8 del artículo 4 de la Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas, dicto la siguiente:

  

RESOLUCIÓN:

  1.  Modifíquese como se indica el segundo inciso del numeral 4.4 de la Resolución N° 7591 del 2 de octubre de 2012:

 “Estos mensajes de conocimientos de embarque “hijos” y “nietos” deberán ser transmitidos a lo menos, 48 horas corridas previas al arribo estimado de la nave, cuando deriven de un B/L máster cuyo plazo de presentación es de 96 horas corridas antes de su arribo estimado, o a lo menos, 24 horas corridas previas al arribo estimado de la nave, cuando deriven de un B/L máster cuyo plazo de presentación es de 48 horas corridas previas a su arribo estimado”.

2. No obstante lo dispuesto en el numeral 1 anterior, y teniendo presente que puede haber existido una errónea interpretación de la norma aclarada mediante esta Resolución, las Aduanas no deberán formular denuncias por presentación fuera de plazo de los B/L “nietos”, correspondientes a las naves cuyo arribo estimado hubiere estado comprendido entre el 1 de septiembre de 2015 y hasta la fecha de numeración esta Resolución, cuando éstos hayan sido presentados con 24 horas corridas de anticipación al arribo estimado de la nave, debiendo haber sido presentados, a lo menos, 48 horas previas al su arribo estimado.  

  

 ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EL DIARIO OFICIAL Y EN LA PÁGINA WEB DEL SERVICIO

CLAUDIO SEPULVEDA VALENZUELA

DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS

Archivos Descargables