Oficio Circular N° 25 15.06.2017

OFICIO CIRCULAR N°  25

 

MAT:   Precisa instrucciones sobre la aplicación del Certificado de Origen en el TLC CHILE-TAILANDIA.

ANT:   Oficio Circular N° 418, 11.11.2015 DNA.

 

VALPARAISO, 15.06.2017

 

 

DE: SUBDIRECTORA TECNICA

 A  : SRES DIRECTORES REGIONALES Y ADMINISTRADORES DE ADUANA

  

En relación a la aplicación del Tratado de Libre Comercio Chile – Tailandia, se han dirigido diversas consultas a esta Dirección Nacional respecto a la procedencia de otorgar preferencias arancelarias a aquellas mercancías que son internadas bajo un régimen de almacén particular, y en que se efectúan importaciones parciales de abono, a través de varias declaraciones de importación (DIN-DAPI), con cargo al mismo Certificado de Origen.

 Al respecto, la duda surge en virtud de lo señalado en el Art. 4.15 del Capítulo 4 del tratado referido, el que – en lo que interesa- expresamente indica que “El Certificado de Origen emitido será aplicable para una única importación de una mercancía originaria de la Parte Exportadora a la Parte Importadora…”.

 Analizada la referida disposición, específicamente la frase “El Certificado de Origen será aplicable para una única importación”, es de opinión de esta Subdirección que dicha norma debe entenderse como equivalente a que se trata de un único embarque o único envío, y en ningún caso está referido a una sola declaración de ingreso de importación. Una interpretación en contrario, significaría que este tratado sería en la práctica de difícil aplicación, toda vez que el documento probatorio de origen solo podría ser ocupado con la primera declaración de ingreso de importación, impidiendo el acceso a la preferencia arancelaria para aquellas mercancías solicitadas a despacho mediante declaraciones de importación tramitadas con posterioridad.

 No obstante lo anterior, esta disposición sería plenamente aplicable a las mercancías que se acojan a la Regla 1 de Procedimiento de Aforo, en donde se autoriza la importación de las mercancías en más de un envío, caso en el cual deberá existir un certificado de origen para cada uno de los envíos que se realicen.

  

Saluda atentamente a ustedes,

 

 

 GABRIELA LANDEROS HERRERA

SUBDIRECTORA TECNICA