[Punta Arenas] Preguntas Frecuentes

Dirección Regional Aduana de Punta Arenas

  1. ¿Es posible importar un vehículo usado de Zona Franca  por  una persona  no  residente en la región?

    El estatuto Automotriz  Ley 18483 en su  Art. 21 prohíbe la importación a Chile de vehículos usados, por lo tanto los vehículos usados procedentes de Zona Franca solamente pueden utilizarse sólo en dichas zonas. Para que el vehículo pueda circular libremente por todo chile, debe acogerse a la franquicia  establecida para los residentes de zonas francas, el cual permite que cuando se trasladen al resto del país  pueda llevarse su menaje y/o vehículo. 
     

  2. ¿Cuáles son los requisitos para enviar una mercancía a reparar de Zona Franca al resto del país?  

    Pueden solicitar una Admisión Temporal artículo 43 D.HDA.1355/76 adjuntando una letra en garantía por un valor equivalente al 30% del valor de la mercancía.     

  3. ¿Cuáles son los trámites que debe efectuar una empresa  para acogerse al DFL/15?  

    Debe presentar una carta dirigida al Director Regional solicitando la verificación y certificación de la Mercancía.

    Debe adjuntar resolución exenta donde la Intendencia Regional concede la bonificación al interesado, el número de solicitud que le designó la CORFO y todas las facturas en original y fotocopias.

    De cumplirse todos los requisitos anteriores, el Servicio estará en condiciones de otorgar la certificación para los bienes susceptibles de acogerse al DFL/15. 

  1. ¿Qué requisitos  debe  cumplir  un residente de la Región de Magallanes y Antártica Chilena para obtener un Pasavante  de Salida? 

    Debe acreditar dominio del vehículo mediante un certificado de Anotaciones Vigente emitido por el Registro de Vehículos Motorizados.

    Debe acreditar residencia en la  Región de Magallanes y Antártica Chilena, mediante una declaración jurada ante notario en el cual conste su domicilio. Los independientes y empresarios con iniciación de actividades y declaración de los tres últimos IVA.  

  1. ¿Cuáles son los documentos que debo presentar para salir del país con un vehiculo?

    Debe presentarse en el control fronterizo de salida del país el titular o autorizado del vehículo. Si es autorizado debe contar con una autorización notarial para  transitar dentro y fuera del territorio nacional con dicho vehiculo.  Debe presentar además los documentos como Cedula de Identidad, padrón del vehículo y un seguro internacional.    

  1. ¿En qué consiste la franquicia para los chilenos que retornan al país desde el extranjero? 

     

    La franquicia estipulada en la Partida 0033  del Arancel Aduanero permite a los chilenos que hayan permanecido como mínimo  un  año en el extranjero,  sin solución de continuidad,  importar  un  VEHICULO USADO, para lo cual deben  cancelar el total de derechos aduaneros e impuestos. Para acreditar su permanencia fuera del país, el beneficiario debe presentar el "Certificado de Viajes" emitido por la Policía de Investigaciones. El trámite de importación debe realizarlo en forma obligada a través de un Despachador de Aduana. 

  1. ¿Cuáles son los requisitos para acogerse a un cambio de Residencia? 

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA CAMBIO DE RESIDENCIA LEY 13039/58 

  • CERTIFICADO DE RESIDENCIA: Lo otorga la Gobernación Provincial.
  • CERTIFICADO DE RENTA: Lo otorga el Servicio de Impuestos Internos.(S.I.I.).
  • DECLARACIÓN JURADA: Ante notario publico, en el cual debe constar el domicilio actual (en la zona), el nuevo domicilio de traslado, estado civil, composición del grupo familiar, así como el hecho de que su vehículo y/o menaje no han sido bonificados por el  ex D.L Nº 889/75 ni por D.F.L. N 15/81, agregando finalmente que el solicitante se ha acogido o no anteriormente al beneficio del Art. 35 de la ley Nº 13.039/58.
  • CERTIFICADO DE TRASLADO: o fotocopia legalizada de la Resolución de Traslado solo para Funcionarios Públicos. 

DE LA INTERNACION DEL VEHÍCULO MOTORIZADO AL RESTO DEL PAIS. 

         El vehículo deberá ser adquirido e inscrito en el Servicio Registro Civil, a lo menos dos meses antes de iniciar la tramitación de su Cambio de Residencia.

        
S.R.F. (Solicitud Registro Factura) original  y fotocopia.
         Certificado de Anotaciones Vigentes (Registro Civil e Identificación), vigencia 30 días.
         Contrato de compraventa ante notario cuando proceda y/o Declaración de Transferencia de Vehículos Motorizados y Giro de Pago del Impuesto del Registro Civil cuando proceda (cuando el SRF no este a su nombre).
 

RESIDENCIA    Empleado Público       : Dos años corridos

                        Empleado Particular    : Cinco años corridos