Residentes Isla de Pascua

No. Los viajeros residentes en Isla de Pascua están sujetos al mismo tratamiento que se otorga al resto de los viajeros chilenos continentales.

 

Al igual que el resto de los viajeros chilenos provenientes de Zona Franca, los residentes en Isla de Pascua pueden importar al resto del país, libre de derechos e impuestos, mercancías sin carácter comercial hasta por un valor aduanero de US$ 1.218.

 

Las importaciones sin carácter comercial hasta por un valor FOB* de US$ 1.000, no requieren de Agente de Aduana, las mercancías pueden ser internadas a través de una Declaración de Importación de Pago Simultáneo, DIPS, tramitada personalmente ante la Aduana. Por sobre dicho valor, obligadamente se ocupan los servicios de un Agente de Aduana, cuyos honorarios se pactan libremente.

FOB* (Valor de la mercancía puesta a bordo en el país de procedencia, excluyendo seguro y flete.)