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VISTOS:
La solicitud del Agente de Aduanas Señor Carlos Rossi S,, en representación de Empresas Carozzi S.A. , en que pide se emita dictamen de clasificación arancelaria para producto denominado Pulpa de Durazno 30/32 Brix .
Informe No 5 de 12.01.2007, del Subdepartamento Laboratorio Químico, de esta Dirección Nacional de Aduanas.
Notas Explicativas del capítulo 20.
CONSIDERANDO:
Que, por Informe de los Vistos, expedido por el Subdepartamento Laboratorio Químico se comunica que la muestra analizada se presenta en envase hermético y flexible de aluminio, conteniendo en su interior un producto pastoso, dispersable en agua, de color café, olor y sabor que caracterizan al durazno.
Que el proceso de producción de la pulpa de durazno 30/32 Brix, se obtiene por evaporación y concentrado del jugo y pulpa de la fruta, es un producto natural, constituido a base de duraznos sanos y maduros.
Que, según antecedentes proporcionados por los interesados, la pulpa de durazno 30/32 Brix, es un producto homogéneo y uniforme obtenido mediante lavado, descarozado, tamizado y evaporación parcial del agua de constitución de la parte comestible de duraznos frescos. Los duraznos seleccionados para este producto son sanos, limpios, maduros y libres de enfermedades hongos y/o pudriciones.
Que, los análisis realizados por el Laboratorio Químico, entregan los siguientes resultados:
% de sólidos solubles ( Brix a 20 C) : 30,0 30,3
PH (20 C) : 4
Que, el proceso de producción industrial de la pulpa de durazno, comienza con la recepción y almacenaje de la materia prima, para luego pasar por proceso de vaciado, donde es descargada en el canal hidráulico, para ser sometida a dos lavados, eliminándose materias extrañas, como piedras, ramas, etc. Luego viene un lavado final, con agua clorada a presión, con contenido mínimo de 5 ppm. de cloro residual, para proseguir con la etapa de selección, donde las frutas se inspeccionan visualmente, eliminando aquellas dañadas, materias extrañas, etc.
Posteriormente, ya sea por tratamiento en frío o en caliente, se obtiene la pulpa, que es sometida a un tratamiento de inactivación enzimática, a temperaturas que oscilan entre 75 a 104 C, para pasar al tamizado, donde se realiza la separación física de los sólidos (piel y semillas), obteniéndose como subproducto, lo que se denomina como pomasa .
La mezcla acuosa obtenida, es homogenizada en el estanque acumulador de jugo y bombeada, para seguir al ciclo siguiente, que es el de evaporación. En este último, la mezcla es concentrada al vacío (temperatura de ebullición < 100 C), en evaporadores contínuos de varios efectos (Sistema en contracorriente), hasta obtener la concentración final (expresada en Brix) de la pulpa, mediante cocción, según requerimientos del cliente.
A continuación, pasa a un estanque pulmón de almacenamiento, ulteriormente sigue la esterilización continua, donde el producto es sometido a temperaturas >102 C, la que es mantenida por un tiempo de 2 a 3 minutos y luego enfriado a temperatura entre 38 y 42 C, para finalmente llegar a la etapa de envasado aséptico.
Que, concluye el informe del Subdepartamento Laboratorio Químico, la muestra analizada corresponde a pulpa de durazno obtenida por cocción, sin adición de azúcar ni otro edulcorante, elaborada para ser utilizada como materia prima para productos terminados o para el consumo en forma diluida.
Que el Capítulo 20, trata de las preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes de plantas y, en el N 3 de las Consideraciones Generales, establece que este capítulo comprende: Las confituras, jaleas, purés y pastas de frutas y otros frutos, obtenidos por cocción.
Que la Nota 5 del Capítulo 20, nos proporciona el significado de obtenidos por cocción , utilizada en la partida 20.07, entendiéndose que son obtenidos por tratamiento térmico a presión atmosférica o bajo presión reducida, con la finalidad de aumentar la viscosidad del producto por reducción de su contenido de agua u otros medios.
Que, el ítem 2007.9911 se encuentra especificada la pulpa de durazno (melocotón).
Que por tanto y,
TENIENDO PRESENTE:
Lo dispuesto en el Reglamento de Dictámenes.
SE DECLARA:
1. Producto denominado Pulpa de Durazno 30/32 Brix , obtenida por cocción, sin adición de azúcar ni otro edulcorante, elaborada para ser utilizada como materia prima para productos terminados o para el consumo en forma diluida. Constituye una preparación a base de frutas frescas, cuya clasificación procede por la fracción arancelaria 2007.9911.
2. Entérese en Tesorería la suma de $50.000.- (cincuenta mil pesos), valor de este Dictamen, para cuyo efecto el Sr. Director Regional de la Aduana de Valparaíso formulará el Cargo correspondiente y emitirá el respectivo Giro Comprobante de Pago (G.C.P.).
3. Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Servicio.




