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La solicitud del Agente de Aduanas, Sr. Javier León Santibáñez, por la cual pide se emita un dictamen que determine la clasificación arancelaria que le corresponde a la mercancía denominada como: ROUTERS de la Serie CISCO 1605 R .
Hojas de datos con especificaciones técnicas del fabricante; Regla General Nº 1 para la Interpretación del Sistema Armonizado; Notas Explicativas, Nota 3 de la Sección XVI; partida 85.17 del Arancel Aduanero.
Que, de acuerdo a hojas de especificaciones técnicas de la firma proveedora, se señala que los Routers de la Serie Cisco 1600 proporcionan la flexibilidad, seguridad y funcionalidad que demandan actualmente las oficinas pequeñas y a medida que evolucionan las redes, siendo una buena opción para el acceso a datos en sucursales pequeñas, ya que ofrecen un amplio abanico de características específicamente diseñadas para dichas aplicaciones que se indican:
. Diseño modular que proporciona un mayor número de opciones y mayor flexibilidad en redes de área extensa (WAN)
. Seguridad avanzada, incluyendo un firewal integrado opcional, cifrado, y software de redes privadas virtuales (VPN)
. Soporte para multimedia y calidad de servicio de extremo a extremo
. Unidad de servicio de canal/Unidad de servicio de datos (DSU/CSU) con una velocidad máxima de T1 y terminación de red integrada (NT1)
. Bajo coste de propiedad a través de la optimización de ancho de banda WAN
Que, los routers de la serie Cisco 1600 conectan las pequeñas oficinas con varias LAN Ethernet a varias WAN a través de conexiones serie síncrona y serie asíncrona de Red digital de Servicios Integrados (RDSI).
Que, dentro de las configuraciones básicas de la familia de productos Cisco 1600 se encuentra la Cisco 1605 R: dos puertos Ethernet, una ranura para la tarjeta de la interfaz WAN.
Que, en la familia de productos Cisco 1600, los modelos Cisco 1605, obedecen a las siguientes especificaciones técnicas:
. Primera Interfaz fija (LAN): Ethernet: 10BaseT (RJ-45) y AUI
(DB 15)
. Ranura para tarjetas interfaz: WAN
. Tarjetas de interfaz WAN opcionales:
Sincrono/asíncrono serie
DSU/CSU T1/FT1
CSD/DSU a 56/64K
ISDN BRI S/T
ISDN BRI U
. Procesador : Motorola 68360 a 33 MHz
. Arquitectura de memoria: Se ejecuta desde RAM
. DRAM: por defecto: 8 MB
. DRAM: Máximo 24 MB
. Memoria Flash: por defecto: 4 MB
. Memoria Flash: Máximo 16 MB
. Puerto de consola RJ-45
Que, el router Cisco 1605 R proporciona un 10BaseT y un puerto AUI en la primera interfaz Ethernet y un puerto 10BaseT en la segunda interfaz Ethernet.
Que, la ranura de tarjeta de interfaz WAN permite que los clientes cambien o añadan interfaces WAN a medida que sus requisitos crecen o cambian. Con esta función, la serie Cisco 1600 ofrece más flexibilidad y protección de la inversión económica que cualquier otro producto de su clase.
Que, todos los modelos Cisco 1600 admiten las siguientes tarjetas interfaz WAN:
. Un puerto serie (asíncrono y síncrono)
. DSU/CSU T1/Fraccional T1 de un puerto
. DSU/CSU de cuatro hilos a 56/64-kbps con un puerto
Que, el modelo Cisco 1605 R también acepta las tarjetas ISDN (RDSI) de acceso básico de un puerto para acceso telefónico o línea dedicada con interfaces S/T o U (NT1).
Que, el router Cisco 1605-R (que admite una ranura WAN, dos puertos Ethernet y el Cisco IOS Firewall Feature Set) es un firewal ideal, integrado y flexible para las pequeñas oficinas. Este router/firewal integrado segmenta, de manera eficaz, una LAN interna y segura de una LAN de perímetro con servidores Web expuestos a una red en la que no se confía (como Internet), con lo que crea una zona delimitada .
Que, en lo específico, el producto denominado Reuters serie Cisco 1605 R constituye un equipo de gran versatilidad y rendimiento que permite seleccionar un número de interfaces LAN (Local Area Network) o red de área local y WAN (Wide Area Network) o red de área amplia o extensa, proporcionando una sencilla personalización a las necesidades individuales y flexibilidad para incorporar o añadir interfaces modulares, permitiendo además consolidar interfaces de voz digital de alta intensidad con funciones adicionales para acceso telefónico.
Que, evidentemente las características señaladas precedentemente permite a los proveedores de servicios de Internet ofrecer soportes a un mayor número de clientes que requieran conexiones WAN rápidas a POP remotas.
Que, para llegar a una correcta clasificación arancelaria del producto motivo de estudio, es preciso considerar lo dispuesto en la Regla General Nº 1 para la Interpretación del Sistema Armonizado, que dispone: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación esta determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo..... .
Que, la Sección XVI, salvo disposición en contrario, las combinaciones de máquinas de diferentes clases destinadas a funcionar conjuntamente y que formen un solo cuerpo, así como las máquinas concebidas para realizar dos o más funciones diferentes, alternativas o complementarias, se clasificarán según la función principal que caracterice al conjunto.
Que, la partida arancelaria 85.17 abarca los aparatos eléctricos de telefonía o telegrafía con hilos, incluidos los teléfonos de abonado de auricular inalámbrico, combinado con micrófono y los aparatos de telecomunicación por corriente portadora o telecomunicación digital; videófonos.
Que, de conformidad a las Notas Explicativas de la referida partida arancelaria, los aparatos de telecomunicación por corriente portadora de la referida partida arancelaria, los aparatos de telecomunicación por corriente portadora o telecomunicación digital están basados en la modulación de una corriente eléctrica portadora o de un haz de luz por señales analógicas o digitales. Utilizan la técnica de modulación por corriente portadora, impulsos codificados (PCM) o cualquier método digital. Se utilizan en la transmisión de toda clase de información (palabras, datos, imágenes, etc.).
Que, por tanto, en mérito de las consideraciones vertidas precedentemente, y
Lo dispuesto en el Reglamento de Dictámenes.
1. Unidad denominada Routers serie Cisco 1605 R, su clasificación procede por el ítem 8517.5000 del Arancel Aduanero.
2. Entérese en Tesorería la suma de $50.000.- (cincuenta mil pesos), valor del presente Dictamen, para cuyo efecto el Sr. Director Regional de la Aduana de Valparaíso formulará el Cargo correspondiente y emitirá el respectivo Giro Comprobante de Pago (G.C.P.)
Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Servicio.




