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Comunica tasa de interés para pago Diferido de Derechos de Aduana.
GOBIERNO DE CHILE
DIRECCION NACIONAL DE ADUANAS
SUBDIRECCION TECNICA
DEPARTAMENTO NORMATIVO
SUBDPTO. REGIMENES ESPECIALES
FAX CIRCULAR 2301
FECHA 13 de Enero del 2010.
DE : JEFE SUBDEPARTAMENTO REGIMENES ESPECIALES
A : SEÑORES DIRECTORES REGIONALES Y ADMINISTRADORES DE ADUANA
MAT: Comunica tasa de interés para Pago Diferido de Derechos de Aduana
ANT: Acuerdo Nº 1514-03-091217 - Banco Central de Chile, D.O. 21.12.2009
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1. Comunico a usted que en el Diario Oficial de fecha 21 de Diciembre de 2009, se ha publicado el Acuerdo Nº 1514-03-091217, adoptado por el Consejo del Banco Central de Chile en su Sesión Ord. N 1.514 celebrada el 17.12.2009, mediante el cual se acordó, en conformidad con lo establecido en la letra c) del artículo 10 de la ley N 18.634, que la tasa de interés que devengarán las cuotas de Pago Diferido de Derechos de Aduana durante el semestre que expira el 30 de Junio de 2010, será de 5,7% anual, en dólares de los Estados Unidos de América.
2. Lo que comunico a usted para su conocimiento, divulgación y correcta aplicación.
Saluda atentamente a usted,
DANIEL VELOSO VELOSO
JEFE (S)
SUBDEPTO. REGIMENES ESPECIALES




