Resolución Exenta N° 5828

Amplía el uso del Formulario "Salida y Admisión Temporal de Vehículos Acuerdo Boliviano-Chileno" a todos los pasos fronterizos con control aduanero entre ambos países.

VISTOS: La Resolución N 5324 de fecha 1 de agosto de 1996, de esta Dirección Nacional.

 
La II Reunión Bilateral de Autoridades Aduaneras de Chile y Bolivia, celebrada los días 25 y 26 de septiembre de 2007, en esta ciudad.

 
CONSIDERANDO : Que mediante Resolución N 5324 de 1996, se implementó en la Aduana de Arica, Paso Fronterizo Chungará Tambo Quemado, un sistema único y simplificado para autorizar simultáneamente la salida temporal desde su país de origen y la admisión temporal al país de destino de vehículos particulares nacionales o nacionalizados con fines turísticos y el equipaje acompañado de los pasajeros, desde y hacia la República de Bolivia, señalando, además, que el documento a utilizar corresponde al Formato que se acompañó a la citada Resolución, entendiéndose que forma parte de ella.

Que en la II Reunión Bilateral de Autoridades Aduaneras de Chile y Bolivia, celebrada recientemente en la ciudad de Valparaíso, la delegación chilena planteó la posibilidad de hacer extensivo el uso de este documento, a todos los pasos fronterizos con control aduanero entre ambos países, propuesta que fue aceptada por la delegación de Bolivia; acordándose elaborar un instructivo interno para implementar la medida a partir del 5 de noviembre de 2007.

 
TENIENDO PRESENTE : Lo dispuesto en los artículos 107 y 114 de la Ordenanza de Aduanas, D.F.L. N 30, de 2004 y en el artículo 4 , N 8 del D.F.L. N 329 de 1979, que aprobó la Ley Orgánica del Servicio de Aduanas, dicto la siguiente :

 
R E S O L U C I O N    :



1.-  
   AMPLIASE a todos los Pasos Fronterizos con control aduanero entre Chile y Bolivia, el uso del Formulario SALIDA Y ADMISION TEMPORAL DE VEHICULOS ACUERDO BOLIVIANO CHILENO , establecido por la Resolución N 5324 de fecha 1 de agosto de 1996 de esta Dirección Nacional.


2.-     Las Aduanas de jurisdicción y los Pasos Fronterizos son los siguientes:

         Aduana de Arica:             Paso Chungará Tambo Quemado.

                                           Paso Visviri Charaña.

 

         Aduana de Iquique:          Paso Colchane Pisiga.

 

         Aduana de Antofagasta:   Paso Ollagüe Avaroa

                                          Paso San Pedro de Atacama - Hito Cajón.

 

3.-     Los Directores Regionales de las Aduanas antes citadas, deberán coordinar con su contraparte de la Aduana de Bolivia, todas las acciones necesarias con el fin que se cumpla el objetivo de facilitación y mejor fiscalización que esta medida persigue.

4.-     La presente Resolución iniciará su vigencia a contar del día 5 de noviembre de 2007.

 

Anótese, Comuníquese y Publíquese en el sitio WEB del Servicio.

SERGIO MUJICA MONTES
DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS







VVM/GFA