Resolución Exenta Nº 2.523

Instrucciones y procedimiento interno para la tramitación de reclamos de segunda instancia.

VISTOS:

Lo establecido en el Título VI de la Ordenanza de Aduanas, artículos 117 y siguientes, “De las Reclamaciones”;

La Resolución Exenta Nº 1.389 de fecha 29.02.2012, de la Dirección Nacional de Aduanas, que establece la estructura orgánica y fija las funciones de la Subdirección Técnica, sus departamentos, subdepartamentos y unidades dependientes;

CONSIDERANDO:

Que es necesario establecer mayores niveles de celeridad, transparencia y control en el proceso de tramitación de las reclamaciones de segunda instancia;

Que se requiere establecer instrucciones, procedimientos, medidas de control interno, y asignación de roles y responsabilidades para el desempeño del proceso de reclamaciones de segunda instancia;

Que para asegurar la más correcta aplicación de dichas instrucciones y procedimientos, se requiere su sistematización en un texto único; y

TENIENDO PRESENTE:

Las facultades que me confieren los artículos 2º, 4º  números 1 y 2; y lo prescrito en los artículos 6° y 7°, todos del Decreto con Fuerza  de Ley N°329 de 1979, del Ministerio de Hacienda, ley orgánica del  Servicio Nacional de Aduana;

Lo dispuesto en la Resolución N°1600/2008 de la Contraloría General de la República sobre exención del trámite de toma de razón, dicto la siguiente:


RESOLUCIÓN: 


APRUÉBASE el documento denominado “Instrucciones y procedimiento interno para la  tramitación de reclamos de segunda instancia”, el cual que pasa a formar parte integrante de esta resolución.

DÉJESE sin efecto toda instrucción contraria a lo establecido en dicho texto.


ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN LA PÁGINA WEB Y EN LA INTRANET DEL SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS.

 

RODOLFO ÁLVAREZ RAPAPORT
DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS


AAL/JVP/KCI

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