Nombre/título del acto, documento o información secreto o reservado | Nombre/título del acto o resolución
en que consta tal calificación |
Identificación de la parte del acto, documento
o información secreto o reservado, en caso de ser parcial |
Fundamento legal y causal de secreto o reserva | Fecha de notificación del acto o resolución
denegatoria (dd/mm/aaaa) |
Enlace al acto o resolución en que consta
la calificación |
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Copias de aclaraciones de manifiesto efectadas por Ultramar Agencia Marítima Ltda. | Oficio Ordinario N° 17.794 |
No aplica, denegación total. |
Artículo 20 inciso 3° ley N° 20.285 | 26.11.2009 |
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Listado de empresas (con RUT) que han pedido su no identificación en la bese que mensualmente entrega la Aduana, sin importar el resultado de esa petición. Asimismo, solicita el nombre y RUT de las empresas que actualmente no pueden ser identificadas en la lista referida y en las estadísticas mensuales, específicamente las que aparecen con X. | Oficio Ordinario N° 8.688 |
Empresas notificadas conforme al artículo
20 de la ley N° 20.285, que ejercieron en tiempo y forma derecho
de oposición. |
Artículo 20 inciso 3° ley N° 20.285 | 12.06.2009 |
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Antecedentes recopilados, informes, estado de tramitación y resoluciones dictadas en la denuncia interpuesta por Sociedad de Ingeniería y Construcción Ricardo Rodríguez y Cía. Ltda.,ingreso 90836 de 18.10.2006, referida al valor aduanero de las importaciones efectuadas por Epson Chile S.A. | Oficio Ordinario N° 6.728 |
No aplica, denegación total. |
Artículo 20 inciso 3° ley N° 20.285 | 19.05.2009 |
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Antecedentes recopilados, informes emitidos y conclusiones derivadas de la dununcia efectuada por don Carlos Lean Casas Cordero y su representada, Masprot Ltda., con fecha 29.03.2003 y que fueran negados mediante Ordinario N° 008520 de 02.09.2004, del Director Nacional de Aduanas, así como los también el acceso a la tramitación, antecedentes, fiscalización y conclusiones derivadas de la denuncia presentada al mismo Director, ingreso 92854 de 24.10.2006. | Oficio Ordinario N° 6.957 |
No aplica, denegación total. |
Artículo 21 N° 1 a) ley N° 20.285 | 19.05.2009 |