Dictamen de Clasificación Nº 58, de 21 Agosto 2002

 

VISTOS:

La presentación del Agente de Aduanas Sr. Ricardo Fuenzalida Polanco, quien en representación de FORD MOTOR COMPANY CHILE LTDA, solicita la emisión de un dictamen que determine la clasificación arancelaria de una mercancía que presenta como CAMION SILO GRANELERO CARGO 1731, año 2001.

 

Catálogo comercial del vehículo motorizado y Certificado de aprobación SGS Chile Ltda. para vehículos solicitados.

 

Las Notas Explicativas de la Sección XVII, del Capítulo 87 y de la posición 87.05, catálogo, antecedentes técnicos que se acompañan y los Dictámenes Nºs 09 y 10 de 28.01.99, de esta Dirección Nacional.

 

CONSIDERANDO:

Que, la mercancía objeto del presente estudio arancelario, denominada CAMION SILO GRANELERO CARGO 1731, CHASIS 9BFYTRNT91BB09900, es presentada por el peticionario como un vehículo automotor, sin uso, que de acuerdo a su estructura y equipamiento está capacitado para realizar la acomodación de su carga en los silos y mantenerla en condiciones especiales de temperatura, humedad y oxigenación.

 

Que, se indica además, que el vehículo está fabricado sobre la base de especificaciones técnicas comunes, infraestructura motriz, carrocería y demás dispositivos que le otorgan las características de vehículo para uso específico. En lo que respecta a la cabina, presenta las siguientes características:

 

a) Es del tipo Pullman

b) Al interior contiene el sistema de comandos que permite accionar el equipo silo.

Sin este comando no es posible hacer funcionar el equipo, y se requiere como condición básica que el vehículo esté en funcionamiento, con la transmisión en neutro, para poder transmitir la potencia al equipo.

 

Que, la operatividad del sistema está dada por un conjunto de válvulas, bombas, compresor y 4 motores hidráulicos auxiliares que permiten en forma secuencial ejecutar las diversas funciones que se exigen a un vehículo diseñado para estos fines, disponiéndose también de un estanque auxiliar de 200 litros para fluido hidráulico; y que todo el equipamiento forma parte de un todo, entre la cabina, chasis y carrocería, dado que se encuentran asociados a través de tuberías y conexiones especiales.

 

Que, las características técnicas del CAMION SILO, son las siguientes:

 

- VEHICULO : CAMION SILO

- MARCA : FORD

- MODELO : CARGO 1731

- AÑO : 2001

- CHASIS : 9BFYTRNT91BB09900

- MOTOR : CUMMINS 6CTAA

- POTENCIA : 232 KW A 2.200 rpm.

- TRANSMISION : FULLER RT 8609 A

- CAPACIDAD DE CARGA : 11.486 KG.

- SISTEMA DE DIRECCIÓN : HIDRÁULICA

- SISTEMA DE FRENOS : NEUMÁTICO DE DOBLE CIRCUITO

INDEPENDIENTE.

- NEUMATICOS : 10.00 X 20, 16PR

- TIPO DE TRACCIÓN : 4 x 2

- SISTEMA ELECTRICO : BATERIA HEAVY DE 12V Y 150 Ah

- ALTERNADOR : HEAVY DUTY DE 14V Y 65 A

- EJE TRASERO : ROCKWELL RS-23-155

 

EQUIPAMIENTO:

Silo Granelero Triel-HT, modelo Practice Power 1100 hidroneumático con accionamiento desde cabina. Cuenta con 4 motores auxiliares.

 

- ESTRUCTURA: CONSTRUCCIÓN DE ACERO SAE 1020 Y ESPESOR 2.0 MM. HASTA 3.75 MM.

 

- TAPONES: MEDIANTE SISTEMA DE CORREDERAS TAMAÑO UNICO 800 x 900 MM.

 

- TRANSMISION: SISTEMA ENGRANAJE Y CADENA ASA 80 CON REGULADOR DE TENSION.

 

- ENGRANAJES: CONVENCIONAL DE MANUFACTURA CNC.

 

- PINTURA: TRATAMIENTO ANTICORROSIVO Y ACABADO EN ESMALTE SINTETICO.

 

Que, efectivamente tal como se indica en los considerandos que se expresan en los Dictámenes 09 y 10 de 1999, citados precedentemente, la mercancía en estudio también presenta las especificaciones técnicas de los vehículos automóviles destinados a usos especiales, donde no resulta posible separar los dispositivos de su infraestructura motriz con las exigencias de funcionalidad, que pudiera permitir usos distintos al señalado.

 

Que, la Sección XVII del Sistema Armonizado de Designación de Codificación de Mercancías, comprende de manera general el MATERIAL DE TRANSPORTE, incluyendo en el Capítulo 87 a los AUTOMÓVILES Y DEMAS VEHÍCULOS TERRESTRES.

 

Que, en el Capítulo 87 de la Nomenclatura, con excepción de ciertas máquinas móviles de la Sección XVI, comprende los vehículos automóviles para el Transporte de personas (87.02 y 87.03), de mercancías (87.04) o para usos especiales (87.05).

 

Que, la posición 87.05 del Arancel Aduanero comprende un conjunto de vehículos automóviles especialmente construidos o transformados, equipados con dispositivos o aparatos diversos que les hacen adecuados para realizar ciertas funciones, distintas del transporte propiamente dicho, incluyéndose entre ellos aquellos vehículos que no están esencialmente diseñados para el transporte de personas o de mercancías.

 

Que, además los vehículos que lleven aparatos de manipulación correspondientes a esta partida, deben consistir en un verdadero chasis de vehículo automóvil o de camión que reúna, por tanto, en sí mismo, como mínimo, los órganos mecánicos siguientes:

 

- Motor de propulsión

- Caja de dispositivos de cambio de velocidad y

- Órganos de dirección y de frenado.

 

Que, de acuerdo a los elementos de juicio ponderados y a las consideraciones expuestas anteriormente, al vehículo, materia de este estudio arancelario, le corresponde ser considerado como: VEHÍCULO AUTOMOTOR PARA USOS ESPECIALES, de aquellos comprendidos en la posición 87.05 del Arancel Aduanero.

 

Que, en virtud de estos considerandos, y de los antecedentes que se acompañan.

 

TENIENDO PRESENTE:

Lo dispuesto en el Reglamento de Dictámenes.

 

SE DECLARA:

1. VEHÍCULO CAMION SILO, MARCA FORD, MODELO CARGO 1731, CHASIS 9BFYTRNT91BB09900, AÑO 2001, que presenta las características técnicas detalladas anteriormente, su clasificación procede por el Subítem 8705.9090; debiendo cumplir estrictamente con las especificaciones establecidas para ser considerado en la posición asignada.

 

2. Entérese en Tesorería la suma de $ 50.000.- ( cincuenta mil pesos ), valor de este Dictamen, para cuyo efecto, el Sr. Director Regional de la Aduana de Valparaíso formulará el cargo correspondiente y emitirá el respectivo documento de pago.

 

Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Servicio.