Dictamen de Clasificación N° 11, de 07 Marzo 1996

VISTOS:

La solicitud del Sr. Mario E. Maas Melo, Administrador Público, en representación de la empresa maderera y exportadora ANDINOS S.A., por la cual pide que se emita un Dictamen que determine la clasificación arancelaria de: unas molduras de madera perfilada, de pino insigne formadas perfiladas y pulidas en máquina moldurera DIEHL, por matricería, sin proceso abrasivo, lijador frotación con lustre de pulido y unas molduras de madera perfilada y ranurada de pino insigne, ensambladas y pulidas, elaboradas en moldurera DIEHL, por matricería, sin proceso abrasivo, lijador o de frotación, no tienen trabajo con cepillo o garlopa.

Muestras de los tipos de molduras.

Notas Explicativas, consideraciones Generales, numeral 2) Capítulo 44; Notas Explicativas para la Partida 44.09. apartado 4).

CONSIDERANDO:

Que, para las especies materia del presente Dictamen, el Departamento Técnico (Laboratorio Químico), en Informe Nº 17, de 23.02.96, manifiesta:

1. MOLDURAS DE MADERA PERFILADA (Muestra 1)

Las muestras analizadas se presentan como trozos de madera de pino radiata de 30 cms. app. cuya sección transversal es uniforme a lo largo, poligonal con lados rectos y curvos; superficie lisa y suave. Corresponde a molduras obtenidas en máquina moldurera, basada en el arranque de virutas con útiles rotativos, perfiladas en que no hay proceso de lijado ni pulido.

2. MOLDURAS DE MADERA PERFILADA Y RANURADA (Muestra 2)

Las muestras analizadas se presentan en pares de molduras ensamblables (madera con lengüetas) que permite que se adapten una a la otra, fabricadas en madera de pino radiata a partir de una tabla formada por trozos con uniones finger joint, tratada en una máquina moldurera, sin proceso de lijado ni pulido.

3. Considerando lo informado por la empresa, los textos de las partidas 44.09 y 84.65, esta Unidad Técnica opina que la clasificación de las molduras en estudio procede por el Item 4409.1020.

Que, la partida arancelaria 44.09 en su glosa expresa: “Madera (incluidas la tablillas y frisos para parqués, sin ensamblar) perfilada longitudinalmente (con lenguetas, ranuras, rebajes, acanalados, biselados, con juntas en V, moldurados, redondeados o similares) en una o varias caras o cantos, incluso cepillada, lijada o unida por entalladuras múltiples”. Asimismo las Notas Explicativas para la partida 44.09, señalan que ésta comprende la madera y principalmente las planchas que, después de escuadradas o aserradas, han sido perfiladas en toda la longitud en uno o varios cantos o caras, bien para facilitar el ensamblado o bien para obtener las molduras o varillas descritas en el Apartado 4 siguiente, incluso cepilladas, lijadas o unidas a tope, por ejemplo, por entalladuras múltiples.

Que, efectivamente en el Apartado 4) de la referida Nota de Partida se comprende específicamente la madera moldurada (conocida también con el nombre de molduras o junquillos), es decir, los listones de madera de diferentes perfiles (obtenidos mecánicamente o a mano) que se utilizan para la fabricación de marcos, para el enmarcado de papeles para decorar o para la decoración de obras de carpintería o de ebanistería.

Que, de acuerdo a lo expresado en considerandos anteriores y características enunciadas, la clasificación arancelaria de la mercancía objeto del presente Dictamen procede por el Item 4409.1020 del Arancel Aduanero.

Que, por tanto,

TENIENDO PRESENTE:

Lo dispuesto en el Reglamento de Dictámenes.

SE DECLARA:

1. MOLDURAS de madera de pino insigne, perfiladas y pulidas en máquina moldurera DIEHL, por matricería, sin proceso abrasivo, lijador o de frotación, con lustre de pulido, y MOLDURAS de madera de pino insigne, perfiladas y ranuradas, ensambladas y pulidas, elaboradas en máquina moldurera DIEHL, por matricería, sin proceso abrasivo, lijador o de frotación, sin trabajo con cepillo o garlopa, su clasificación arancelaria se comprende por el Item 4409.1020.

2. ENTÉRESE en Tesorería la suma de $50.000(cincuenta mil pesos), valor del presente Dictamen, para cuyo efecto el Director Regional de la Aduana de Valparaíso formulará el cargo correspondiente y emitirá el respectivo Giro Comprobante de Pago.

Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Servicio.