Dictamen de Clasificación N° 49, de 21 Diciembre 1995

VISTOS:

La solicitud presentada por el Agente de Aduanas, Sr. Julio Vallejos A., quien en representación de los Sres. “Multimaq Ltda.”, pide que se emita un Dictamen que determine la clasificación arancelaria de un camión compactador de basura con equipo de carguío de minicontenedores, marca Mack, año 1983, modelo MR6000.

Las Notas Explicativas de la Partida 87.04 del Arancel Aduanero.

CONSIDERANDO:

Que, de los antecedentes aportados por el Despachador se puede determinar que se trata de un vehículo compactador de basura con equipo de carguío de minicontenedores, cuyas características son las siguientes:

Marca : Mack año 1983

Modelo : MR6000

Eje delantero : 18.000 libras de peso

Ejes traseros (2) : 44.000 libras de peso

Neumáticos : 10

Potencia del motor : 237 HP

Transmisión : 5 velocidades

Tipo : Compactador de basura

Marca : DEMPSTER BHD

Modelo : DP80

Capacidad : 34 yardas cúbicas

Peso vehicular con carga máxima: 64.000 libras

Motor : encendido por compresión, diese

Que, este vehículo se utiliza para el carguío de minicontenedores de basura mediante tenazas ubicadas delante de la cabina, que le permiten recoger dichos receptáculos metálicos de diferentes medidas, con basuras, los cuales deposita sobre su estructura posterior, la compacta, para mayor espacio y luego la descarga en el lugar apropiado para ello.

Que, todo el trabajo efectuado por este vehículo, es operado desde la cabina, por una sola persona, el chofer, de donde acciona los mecanismos de carga de la basura con las tenazas del vehículo, la que es depositada en la estructura trasera, devolviendo los receptáculos metálicos mientras compacta la basura, para descargarla posteriormente en el lugar de destino.

Que, las Notas Explicativas de la Partida 87.04 citan expresamente entre los vehículos para el transporte de mercancías a los camiones para la recogida de basuras caseras, incluso si tienen dispositivos de carga, de compactación, de humectación, etc.

Que, por su parte la Partida 87.05, incluye a los vehículos automóviles para usos especiales, cuya función principal sea distinta del transporte propiamente tal.

Que, tanto lo aseverado por ambas posiciones arancelarias, como del estudio de la documentación aportada, se puede concluir que se trata de un camión con estructura metálica incorporada a su chassis (contenedor de basuras), en cuyo interior se encuentra inserto un equipo compactador de desperdicios, cuya función principal no es en si misma el compactado de las basuras, por cuanto ésta es sólo accesoria respecto del transporte de ellas, que es en definitiva el objeto central o básico, esto es lograr la mayor capacidad de carga mediante la compactación que permite reducir el volumen de los desperdicios y con ello un aprovechamiento total en su capacidad de carguío y transporte.

Que, el vehículo para el transporte de mercancías en examen no queda comprendido dentro de aquellos señalados en el inciso segundo del Art. 21 de la Ley 18.483, en virtud de lo cual no puede importarse usado.

Que, por tanto, y

TENIENDO PRESENTE:

Lo dispuesto en el Reglamento de Dictámenes.

SE DECLARA:

1. Vehículo con contenedor de basuras, compactador de desperdicios y equipo de carguío de minicontenedores, marca Mack, año 1983, modelo MR6000, con capacidad de carga útil de más de 2.000 Kg., procede su clasificación en el Item 8704.2310 del Arancel Aduanero.

2. Entérese en Tesorería la suma de cincuenta mil pesos ($50.000), valor de este Dictamen, para cuyos efectos el Director Regional de la Aduana de Valparaíso formulará el cargo correspondiente.

Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Servicio.