Aduanas incauta celulares y tablets de alta gama
Contrabandistas usaban paso ancestral para confundirse con los vecinos y salir del país en forma ilegal.
Más de $400 millones en celulares, tablets y consolas de juegos incautó el equipo fiscalizador del Servicio Nacional de Aduanas en la comuna de Colchane. La mercancía era transportada en carritos y simulaba formar parte del comercio vecinal de las localidades de Pisiga Choque y Pisiga Bolívar.
El Director Regional de la Aduana de Iquique, Cristian Molina Silva, señaló que en virtud a análisis de riesgos asociados al flujo irregular que se registra en las inmediaciones del complejo fronterizo de Colchane, se dispuso de una intervención especial mediante un equipo de funcionarias y funcionarios.
De esa forma, los fiscalizadores lograron interceptar 1.302 celulares de alta gama de las marcas Samsung, Xiaomi y Honor, 20 adaptadores, 40 cargadores, 45 tablets Galaxy y 30 Play Station 5 Sony. La citada mercancía era transportada por un minibús y posteriormente transbordada a carritos.
Molina Silva agregó que “en este caso estaban haciendo mal uso de un paso ancestral que favorece el comercio transfronterizo de vecinos. Para ello contaban con documentos con información falsa y rellenaron 139 cajas con celulares, las que posteriormente envolvieron en sacos similares a los que se usan para transportar pululos”.
La mercancía incautada alcanza un valor aduanero de US$ 413.232,42 y la evasión estimada en impuestos llega a $104.901.504.
El dueño de la carga era el ciudadano boliviano H.CH.A., quien la adquirió en la Zofri y pretendía entregarla a comerciantes de Oruro y Cochabamba. Fue acusado por contrabando por infringir el Artículo 168 de la Ordenanza de Aduanas, dado que es una conducta penada el extraer mercancías de país por lugares no habilitados o sin presentarlas a Aduanas.
Además, el Articulo 178 de la misma Ordenanza señala que las personas que resulten responsables de los delitos de contrabando o fraude serán castigadas con multa de 1 a 5 veces el valor de la mercancía o con presidio menor en sus grados mínimos a medio o con ambas penas a la vez, si ese valor excede de 25 Unidades Tributarias Mensuales.