Aduanas realiza cambios a normas aduaneras sobre calificación de servicios como exportación

Cumpliendo así medida incluida en Plan Chile Invierte

Hoy fue publicada en el Diario Oficial la Resolución N 2511 de 16.05.07 sobre Cambios a las Normas Aduaneras de Calificación de Servicios como Exportación, medida con la que se cumple la primera medida del capítulo de Inserción Internacional del Plan Chile Invierte.

El Director Nacional de Aduanas, Sergio Mujica, destacó que la nueva normativa contempla la calificación en forma genérica, por tipo de servicio, de aquellas prestaciones incluidas en un anexo a la resolución, y no respecto de contribuyentes determinados, lo que permitirá a los contribuyentes cuyo servicio se encuentre incluido en el citado anexo, exportar sin el requisito de la calificación previa.

Una segunda medida, señaló Mujica, es la estandarización del formulario que se utilizará para los servicios no considerados en el listado original, el que se podrá descargar del sitio web de Aduanas.

Asimismo, Aduanas tendrá un plazo de 35 días hábiles para resolver el 100% de las solicitudes presentadas. En la actualidad no existe plazo de tramitación conocido con anticipación por el interesado.

En esta misma línea, el Director de Aduanas indicó que la calificación no tendrá fecha de vencimiento. En la actualidad, la vigencia de la calificación se otorga según la naturaleza del servicio, hasta por un plazo máximo tres años, prorrogables, a petición del interesado.

Otra de las medidas destacadas es que se refunden instrucciones relacionadas con el envío y prestación de servicios utilizando mecanismos electrónicos, contenidas en resolución específica sobre la materia. Se permite cualquier forma de envío o prestación del servicio al exterior por vía electrónica y se eliminan las restricciones y obligaciones adicionales impuestas a estos exportadores. En la actualidad no se otorga la calificación a servicios remitidos electrónicamente mediante sistemas de conexión punto a punto y, en el caso de los remitidos vía correo electrónico, portal o página web, se exige el envío de un mensaje electrónico al Servicio de Aduanas, cada vez que dicho envío se efectúe.

Mujica agregó que los servicios prestados al exterior para incentivar u originar una importación a Chile, también podrán ser calificados como exportación. En la actualidad dichos servicios se encuentran expresamente excluidos de la posibilidad de calificación.

Finalmente, indicó que el interesado podrá tramitar exportaciones hasta US$1.000 sin la necesidad de un agente de aduanas, lo que se traducirá en mayores facilidades para las PYME y los pequeños exportadores de servicios.

En materia de estadísticas del comercio exterior, el Director comentó que a partir de ahora existirán diferentes códigos para los principales servicios calificados como exportación, lo que se traducirá en la obtención de estadísticas más exactas.

Publicación Anticipada

El proyecto normativo sobre Cambios a las Normas Aduaneras de Calificación de Servicios como Exportación fue publicado el 19 de marzo en la página web de Aduanas, como parte de uno de los cinco compromisos institucionales 2007, que se propuso publicar anticipadamente la normativa con el fin de que los usuarios y agentes de comercio exterior hicieran sus comentarios y observaciones.

En total, se recibieron propuestas la Cámara de Comercio de Santiago, la Asociación Nacional de Agentes de Aduana (ANAGENA), el Servicio de Impuestos Internos y de funcionarios de Aduanas, además de consultas de estudios de abogados, agentes de aduana y particulares ligados al comercio exterior. Dichas propuestas fueron consideradas al momento de realizar los cambios al proyecto normativo original.

La nueva normativa empezará a operar en 30 días hábiles a partir de su publicación en el Diario Oficial.

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