Asignación Adicional

Resolución Exenta Nº 1619


VISTOS:   

Lo dispuesto en el inciso quinto del artículo 1º de la ley Nº 19.772,  sobre contingentes de azúcar;  y en los números 26,  27 y 31 de la Resolución Exenta Nº 4062/03,  de esta Dirección Nacional;  


CONSIDERANDO:

Que,  por Resolución Exenta Nº 7174/12.12.07,  esta Dirección Nacional,  aprobó la asignación definitiva de los contingentes de azúcar establecidos por el artículo 1º de la ley Nº 19.772,  como resultado del primer proceso para el año 2008,  convocado por Resolución Exenta Nº 5291/01.10.2007;

Que,  de acuerdo a lo dispuesto por el párrafo segundo del número 31 de la Resolución Nº 4062/03,  los productores beneficiados que al término del plazo previsto para realizar la importación de los contingentes o de su prórroga,  hubieren quedado con un saldo sin importar superior al 10% del total de su asignación se encuentran impedidos de postular al proceso del período siguiente.

    Que,  de acuerdo a lo informado por la Subdirección de Fiscalización  mediante correo electrónico de fecha 10.12.2007,  se encuentran en tal situación las empresas productoras Inco Alimentos S.A., rol único tributario N° 95.548.000-7, Vital S.A. rol único tributario N° 93.899.000-K y Embotelladora  Andina S.A. rol único tributario N° 91.144.000-8;  cuyos contingentes asignados para el período 2008 ascendente a la cantidad total de 22.112,72 toneladas de los contingentes convocados,  deben ser distribuidos entre el resto de los participantes del primer proceso de conformidad con las preferencias manifestadas en su postulación y siguiendo iguales reglas;


TENIENDO PRESENTE:


 Lo dispuesto en la Resolución N° 520/96 de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de toma de razón, por el inciso quinto del artículo 1º de la ley Nº 19.772;  los números 26 y siguientes de la Resolución Exenta Nº 4062/04,  de esta Dirección Nacional;  los números 7,  8 y 16 del artículo 4º del decreto con fuerza de ley Nº 329/79,  del Ministerio de Hacienda,  ley orgánica del Servicio Nacional de Aduanas,  dicto la siguiente:


RESOLUCIÓN:


    APRUÉBASE la siguiente asignación adicional de los contingentes de azúcar establecidos por el artículo 1º de la ley Nº 19.772,  como resultado del primer proceso para el año 2008,  convocado por Resolución Exenta Nº 5291/01.10.2007,  de esta Dirección Nacional,  según el detalle que se consigna en Anexo 1 de esta resolución,  documento que forma parte integrante de la misma.

    NOTIFÍQUESE dicha asignación de conformidad con el número 26 de la Resolución Exenta Nº 4062/03.

    Los contingentes asignados deberán ser importados por sus beneficiarios hasta el 30.09.2008.


ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN LA PÁGINA WEB DEL SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS





               MAURICIO ZELADA  PEREZ
            DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS(S)

 

 

 


Anexo N° 1, se encuentran a continuación disponibles en archivos descargables en formato pdf