Azucar desde 16 de Agosto de 2008 al 31 de Agosto de 2008
PRECIO DE REFERENCIA PARA APLICAR DERECHOS ESPECIFICOS EN LA IMPORTACION DE AZUCARES BLANCOS El Decreto del Ministerio de Hacienda N° 779, publicado en el Diario Oficial el 29 de Julio de 2008, establece a contar del 1 de Agosto de 2008 y hasta el 31 de Agosto de 2008. la aplicación del siguiente Derecho Especifico a la importación de Azúcar Cruda, además la siguiente Rebaja que se indica a la suma que corresponde pagar por derecho Ad Valorem del Arancel Aduanero a la importación de Azúcar refinada grados 1 y 2, como tambien establécese la aplicación solamente del derecho General Ad Valorem, a la importación del Azúcar refinada grados 3 y 4 y subestándares.
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