Comentarios a Resolución de Freightforwarders y de Agentes de Carga

Comentario #1

Christina Sessler
ULTRAMAR


1) El Cap III  numeral 1.2.2. dice:
"La  apertura de los BLS DEBERA SER INFORMADA A LA  ADUANA POR LA CIA TRANSPORTADORA QUE PRESENTO EL MANIFIESTO."   En ese mismo numeral, señala que las multas serán de cargo de la empresa que presentó el manifiesto. ¿Este punto será corregido ?
 
2) ¿Quién y cómo se controlará posibles diferencias de bultos entre el bl madre manifestado por el naviero y el bl hijo/nieto manifestado por el freight forwarder ?
 
3) Las aperturas serán presentadas a Aduana directamente por el freight forwarder. ¿Las multas las recibirá también el freight forwarder directamente por Aduana ?
 
4) Al mencionar bajo actividades que pueden realizar, las modificaciones a los conocimientos de embarque, ¿se refieren a la tramitación de aclaraciones al manifiesto ? ¿Estas aclaraciones deberán llevar un vºbº del naviero ?
 
5) ¿Las aperturas serán solo recibidas una vez que el Naviero haya manifestado el bl madre ?
 
6) En la página 8 mencionan al "agente de aduana" ¿Será un error ?
 

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Comentario #2

Andreas  Wiechert
Gerente General
ALOG CHILE A.G.



Compendio de observaciones y consultas de socios ALOG respecto a la nueva normativa sobre Freight Forwarders.

En relación al punto Nº 4 Requisitos y Antecedentes,  (4.1.3) Antecedentes comunes, letra D:

  • ¿Cual seria la postura de la Aduana si un transitario o F.F. que cumple con el registro vigente de todos sus Agentes en el extranjero, llegara a recibir un embarque de una oficina X en el exterior, de la cual no se conocen los mas mínimos antecedentes ni tampoco existe un previo acuerdo de representación, incluso sin  recibir un pre-aviso de embarque, y se viera este transitario notificado por parte de una Cia. Naviera sobre la existencia de un MB/L consignado a su nombre y, por otro lado, un consignatario reclamando su carga ya que posee un HB/L ?

Preguntas:
  • ¿Qué debemos hacer ante el S.N.A. si el Agente en el Extranjero usó nuestro nombre para consignar una carga en el MB/L, la cual ha sido embarcada sin nuestro conocimiento y autorización ?
  • ¿Que debe hacer el consignatario si se ve expuesto a gastos de almacenaje y sobrestadía si esa carga no es manifestada por el F.F. ?
  • ¿De qué manera nos podemos resguardar de una sanción, la que bajo nuestro punto de vista seria injusta y arbitraria ?
  • Respecto de los antecedentes, ¿cómo el S.N.A. comprobará la "competencia" e "idoneidad" del postulante, cual será el criterio? (versus el criterio económico que quedó claramente establecido).
En relación al punto Nº 5 Garantía:

  • ¿Que antecedentes requerirá la Aduana para estimar el movimiento de carga del F.F. durante ese periodo ?
  • Entendemos que se exigirá a la compañía aseguradora que renuncie a terminar el contrato por morosidad de la prima. ¿Existe claridad acerca de si la compañía aseguradora aceptará esta condición? Nos parece poco factible.
En relación al punto Nº 6 Operaciones que pueden realizar:

Necesitamos que se aclare si la facultad del Freight Forwarder incluye definitivamente las operaciones de tramitación de trasbordo, tanto como las de tránsito, puesto que en el texto aparece mencionada la primera (operación de trasbordo), posteriormente se indica "en general realizar presentaciones relacionadas con sus operaciones ante aduana", pero no se precisa el Tránsito.

En cuanto a la presentación de aclaraciones tanto como de aperturas directamente a la Aduana, sin pasar por Cia Naviera, se necesita aclaración de cómo será la operativa en terreno.
  • ¿Existirá una marcha blanca?
  • ¿Qué plazo tendría ?

Falta claridad en la delimitación de responsabilidades entre la compañía naviera y el Freight Forwarder en relación a eventuales multas por discrepancias en la tramitación de información a la Aduana.
 
En relación al punto Nº 7 Obligaciones y responsabilidades:

Respecto de los Registros Circunstanciados, favor aclarar y especificar de que forma serán fiscalizados para entender como mantenerlos, puesto que hasta ahora en muy pocas oportunidades han sido fiscalizados, sin regla fija para los Freight Forwarders al respecto.

Comentarios adicionales:

Habiendo hecho un análisis preliminar positivo acerca de la nueva normativa, nos parece importante mencionar nuestra visión como Asociación Logística de Chile acerca de las facultades y del marco operatorio que debieran tener los Freight Forwarders, equiparándolos a las comunes prácticas internacionales:

  1. Apertura de conocimientos, Guías Aéreas y cartas de Porte directamente ante el SNA, sin intermediación.
  2. Emisión de Conocimientos de Embarque, Guías Aéreas y Cartas de Porte.
  3. Efectuar modificaciones a los Conocimientos de Embarque, Guías Aéreas y Cartas de Porte.
  4. Efectuar Consolidaciones de los Contenedores, Pallets y Camiones en Zonas Primarias del país.
  5. Efectuar las operaciones y trámites de Trasbordo, Tránsitos y Redestinaciones en todas las Aduanas del país, en todos los casos en que la compañía representante del Emisor de Conocimiento de Embarque, Guía Aérea o Carta de Porte sea responsables del flete hasta el destino determinado en el documento de transporte.

Adicionalmente, queremos advertir acerca de la necesidad de apoyo por parte del S.N.A. con su fiscalización para evitar las siguientes situaciones que hacen vulnerable al FF:

  1. Retiro de Mercaderías de los puertos sin previo pago del flete y gastos relacionados al FF, siendo que dichas situaciones casi siempre representan una irregularidad en el manejo de la documentación.
  2. Dualidad de representaciones por parte de Agentes Internacionales. Si esta identificada la representación de los Agentes, no se debe permitir dualidad de representaciones en el país. Los Agentes deben tener un solo representante.
  3. Abuso de Agentes Internacionales en mora, los cuales en forma simple cambian representantes y dejan deudas pendientes con Agentes en Chile.

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Comentario #3

Carlos Rivera Heavey
Gerente Operaciones
Cámara Marítima y Portuaria de Chile A.G.


Con relación a la publicación anticipada de la Resolución referida a Freight Forwarders y Agentes de Carga que se puso en conocimiento con fecha 28 de enero pasado, tenemos, como Cámara Marítima y Portuaria de Chile A.G. los siguientes consultas u observaciones:

1.- En la Resolución publicada nada se señala los forwarders tendrán la facultad de manifestar directamente los Bill of Lading o Conocimientos de Embarque hijos o nietos al Servicio Nacional de Aduana y por ende se harán responsables directa por las infracciones a la presentación de dichos manifiestos.
 
2.- El Capítulo  III  numeral 1.2.2. Expresa: "La  apertura de los Conocimientos de Embarque deberá ser informada a la Aduana por la Compañía Transportista que presentó el Manifiesto”.
 
En ese mismo numeral, señala que las multas serán de cargo de la empresa que presentó el manifiesto.
 
Sin duda alguna, suponemos, que esta incongruencia será corregida.
 
3.- Mucho agradeceremos se nos señale quién y cómo se controlarán posibles diferencias de bultos entre el Conocimiento de Embarque o Bill of Lading madre manifestado por el naviero y el Conocimiento de Embarque o B/L hijo/nieto manifestado por el freight forwarder.
 
4.- Las aperturas serán presentadas a Aduana directamente por el freight forwarder. ¿Las multas que estas aperturas originen, las recibirá también el freight forwarder directamente?
 
5.- Al mencionar las actividades que pueden realizar, las modificaciones a los conocimientos de embarque, ¿se refieren a la tramitación de aclaraciones al manifiesto?
¿Estas aclaraciones deberán llevar un visto bueno o aprobación del agente del transportista marítimo?
 
6.- ¿Las aperturas serán solo recibidas una vez que el Transportista Marítimo o su Agente haya manifestado el Manifiesto de Carga con los Conocimientos de Embarque madres?
 
7.- Se expresa en página ocho, párrafo noveno, que “no podrá suspenderse preventivamente a un Agente de Aduanas por el no pago, en lo que excede de su caución, de cargos formulados por sumas dejadas de percibir por el Fisco  en relación a un despacho ya terminado”. ¿La referencia a  "agente de aduana" debe a un error, se debe entender Freight forwarder o agente de cargas?
 
8.- Existe un problema debido a que existen  algunos freights forwarders o agentes de carga que al no estar inscritos como tales ante el Servicio, endosan el Conocimiento de Embarque a otro freight forwarder inscrito, para que efectué la apertura.


Esto además de ser ilegal, ya que no pueden endosar mercancías que no son de su propiedad (El B/L del freight forwarder es sólo un recibo de carga, ya que no cumple con los requisitos de un conocimiento de embarque), puede producir que partidas no puedan ser debidamente controladas por las navieras.
 
Apreciamos un gran avance y esfuerzo del Servicio Nacional de Aduanas al reconocer y asignar las debidas responsabilidades a los señores freight forwarders, para lo cual es básico delimitar con precisión la responsabilidad civil, comercial, administrativa y penal que cabe a estos actores, agentes de carga por sus actuaciones e intervenciones documentales ante el Servicio de Aduanas que se originan en su labor comercial.-
 

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