Comentarios Recibidos

Modificación al Compendio de Normas Aduaneras

Comentario #1

Kenneth Werner Méndez
Presidente
Cámara Aduanera de Chile-A.G.

 
Ref.:    Proyecto de resolución que modifica el Compendio de Normas Aduaneras por el que se aumenta el valor de las mercancías que se consideran de despacho especial en caso de que sean transportadas por empresas de correo rápido.


Con fecha 17 de diciembre en curso, se publicó en el sitio web del Servicio de Aduanas, un proyecto de resolución que modifica el Compendio de Normas Aduaneras por el que se aumenta a US$1.000 y US$2.000 el valor FOB facturado para la importación y exportación, respectivamente, de mercancías que se consideran de despacho especial por el hecho de ser transportadas por empresas de correo rápido o courier.

1.    Debemos hacer presente al señor Director Nacional que esta Cámara, desde la dictación de la resolución N 6188, de 30.10.1989 de la Dirección Nacional de Aduanas, ha formulado diversas consideraciones acerca de la calificación como mercancías de despacho especial a aquellas que son transportadas por las denominadas empresas de correo rápido.

Las observaciones que ha formulado esta asociación gremial se han referido, en primer lugar, a la circunstancia de que entendemos que se distorsiona el sentido y alcance de la norma, hoy contenida en el artículo 191 N 1 letra c) de la Ordenanza de Aduanas, al considerarse por parte de la autoridad aduanera que, por el hecho de que determinadas empresas transporten mercancías de hasta cierto monto, dichas mercancías pasan a ser de despacho especial .  Nos permitimos adjuntar, al señor Director Nacional, copia del Oficio N 560/89, de 20.11.1989, de esta Cámara, en que se hicieron diversas observaciones a la resolución que había dictado la superioridad aduanera.

2.    El Servicio Nacional de Aduanas debe tener conocimiento de las serias dificultades que han tenido lugar, en el tiempo, en relación con los despachos llevados a efecto por las empresas de correo rápido y que han afectado el normal desenvolvimiento de las operaciones de comercio exterior.

Los agentes de aduana que, de acuerdo a la función encargada por la ley, forman parte vital del sistema aduanero vigente, deben hacer otra vez presente a la Autoridad Aduanera que los procedimientos establecidos para la importación de mercancías transportadas por empresas de correo rápido adolecen de graves deficiencias en relación con el cumplimiento de la ley y de los reglamentos que rigen el sistema de despacho aduanero. Por lo mismo, un aumento en el monto máximo permitido sólo traerá consigo la posibilidad de que los usuarios de las empresas de transporte rápido aprovechen, con mayor facilidad, la circunstancia de que las empresas de transporte, por definición, no tienen conocimiento ni de la naturaleza ni del valor de las mercancías que transportan.

Es en ese contexto en que la Cámara, nuevamente, se permite hacer presente al señor Director Nacional su preocupación por la medida adoptada.



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Comentario #2

Patricio Gustavo Guzmán Bozzo
Administrasdor Público Universidad de Chile
Director Nacional Sindicato SINTAACH
Director Fundador Agrupación CASAT

 
Respecto de vuestra propuesta de modificación del Compendio de Normas Aduanas en lo referente a aumentar los montos para el despacho de mercancías por parte de las empresas courier en Chile, me permito señalar que dicha decisión, por iniciativa de las máximas autoridades de Hacienda, estaba condicionada a la suscripción de un Protocolo de Acuerdo por las partes intervinientes, el que contendría exigencias a cumplir por parte de las empresas courier, exigencias basadas en los resultados de las investigaciones realizadas a las actividades aduaneras de las empresas courier en Chile, investigaciones realizadas tanto por el Servicio de Impuestos Internos como por Contraloría General de la República. A la fecha de hoy se desconoce la existencia de dicho Protocolo, y por lo tanto la decisión de aumentar el monto a despachar para las empresas courier adolece de un grave vacío, pero que además es un compromiso del Gobierno de Michelle Bachelet con los Gremios afectados como ser Cámara Aduanera de Chile y Sindicato SINTAACH Trabajadores de Agencias de Aduanas de Chile. Por lo anterior apelaremos a las Autoridades de Haciendo exigiendo la existencia del Protocolo acordado.





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