Dictamen de Clasificación N° 010, de 03.04.08

VISTOS:

 

La presentación del Agente de Aduanas señor Hernán Pizarro Ramirez, quién, en representación de los Srs. Textil Lo Espejo S.A, R.U.T. 92.861.000-4, requiere se determine la correcta clasificación arancelaria de la mercancía especificada como: “Hilados sencillos de fibras peinadas, sin acondicionar para la venta al por menor, 100% algodón, color blanco, en conos, originarios de la India, de título N.E. (Nomenclatura Inglesa) 12/1, conjuntamente con un pronunciamiento sobre la conversión entre la nomenclatura inglesa (N.E) y la métrica (N.M), utilizada para los hilados.

 

Muestra de la mercancía; Reglas Generales N°s. 1 y 6 para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria; Sección XI del Arancel Aduanero, Nota 4 A a) 2° y 4 B d) 2°; Pda. 52.05; Notas Explicativas.

           

                                                          

CONSIDERANDO:

 

Que, la muestra proporcionada se presenta como un cono de hilado, etiquetado ABIL NE-12S / 1 Combed, 100” Cotton Yarn.

 

Que, la Regla General Nº 1 para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria, dispone: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos, o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.......”

 

Que, la Regla General Nº 6 para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria, establece que la clasificación de  mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida.....

 

Que, la Sección XI del Arancel Aduanero comprende las materias textiles y sus manufacturas y, dentro de ella, el Capítulo 52 abarca el algodón.

 

Que, de conformidad a Nota 4 A) a) de la Sección XI, se entiende por hilados acondicionados para la venta al por menor, los hilados (sencillos, retorcidos o cableados) presentados:

a)  En cartulinas, bobinas, tubos o soportes similares, con un peso inferior o igual (incluido el soporte) a:

1º) 85 g para los hilados de seda, desperdicios de seda o filamentos sintéticos o artificiales; o

2º) 125 g para los demás hilados.

 

Que, por su parte, la Nota 4 B de la Sección XI, determina que las disposiciones anteriores no se aplican:

d)  A los hilados sencillos, retorcidos o cableados, de cualquier materia textil, que se presenten:

1º) En madejas de devanado cruzado; o

2º) Con soporte u otro acondicionamiento que implique su utilización en la industria textil (por ejemplo: en tubos de máquinas para el retorcido, canillas, husos cónicos o conos, en madejas para máquinas de bordar).

 

Que, según lo establecen las Notas Explicativas de la Sección XI, Consideraciones Generales, los hilados textiles pueden ser sencillos, retorcidos o cableados. Para la aplicación de la Nomenclatura se consideran :

1º) Hilados sencillos, los hilados constituidos:

a)  bien por fibras discontinuas generalmente unidas por torsión (hiladas);

b)  o bien por un filamento (monofilamento) de las partidas 54.02 a 54.05, bien por dos o mas filamentos (multifilamentos) de las partidas 54.02 o 54.03, que se mantienen unidos con torsión o sin ella (hilados contínuos).

 

Que, los hilados se designan según su número o título. La Nomenclatura emplea el sistema universal Tex, que es una unidad de medida que expresa la densidad lineal, igual al peso en gramos de un kilometro de hilado, filamento, fibra o cualquier otra hebra textil. Un decitex (dtex) equivale a 0.1 Tex. La fórmula siguiente se utiliza para convertir un número métrico en decitex = decigramos/kilómetro (dg/Km):

10.000

------------------     = Decitex

Número métrico (NM)

 

Que, el número inglés, constituye un sistema inverso de numeración de hilos que define el número de madejas de 840 yardas (768,096 m) que pesan 1 libra inglesa (453,593 g.)

 

Que, para convertir un número inglés a decitex se utiliza la siguiente fórmula:

5905

---------------       =  Decitex

Número inglés (NE)

 

Que, para transformar un número inglés a métrico, se debe utilizar la constante 1,6934.

 

Que, el hilado objeto del presente estudio arancelario, signado con el Ne 12/1, equivale a un hilado de 492,08 decitex.

 

Que, la Partida 52.05 del Arancel Aduanero abarca los hilados de algodón (excepto el hilo de coser), con un contenido de algodón superior o igual al 85% en peso, sin acondicionar para la venta al por menor, especificando la Subpartida 5205.2200 los hilados sencillos de fibras peinadas de título inferior a 714, 29 decitex pero superior o igual a 232,56 decitex.

 

Que, por lo tanto, y

 

 

TENIENDO PRESENTE:

 

Lo dispuesto en el Reglamento de Dictámenes

 

 

SE DECLARA:

 

1.- Hilados sencillos de fibras peinadas, sin acondicionar para la venta al por menor, 100% algodón, color blanco, en conos, originarios de la India, etiquetados ABIL NE-12S / 1 Combed, 100” Cotton Yarn, título NE (Nomenclatura Inglesa ) 12/1 (498,08 decitex), su clasificación procede por la Subpartida 5205.2200 del Arancel Aduanero nacional.

 

2- Entérese en Tesorería la suma de $ 50.000.- (cincuenta mil pesos), valor de este Dictamen, para cuyo efecto el Sr. Director Regional de la Aduana de Valparaíso formulará el Cargo correspondiente y emitirá el Giro Comprobante de Pago (G.C.P.) respectivo.

 

3.- Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Servicio.