Dictamen de Clasificación N° 03, de 07 Febrero 1994

VISTOS:

La solicitud presentada por el Agente de Aduanas Sr. Luis R. Rodríguez V., en representación de sus mandantes "Redes NITTO CHILE S.A.", mediante la cual solicita se determine la correcta clasificación arancelaria que le corresponde a un Sistema de Luz Submarina, marca Koto Liminous Corp. destinado a la captura de peces.

Fotocopia del Folleto Koto Sistema de Luz Submarina.

Fotocopia de la Factura Comercial Nº PSE-07 de Nitto Seimo Co. Ltda. de fecha 29.09.93.

Notas Explicativas del Arancel Aduanero.

CONSIDERANDO:

Que, según se desprende de la factura comercial señalada precedentemente el Sistema se compone básicamente de lo siguiente:

- 2 Enrolladores de cable

- 1 Panel de Control

- 1 Contactor magnético

- 4 Reguladores de Voltaje

- 2 Estabilizadores eléctricos

- 4 Lámparas halógenas

- 4 Lámparas de haluro metálico

- 5 Set de cables eléctricos

- 10 Lámparas eléctricas

- 4 Enchufes

- 3 Aislantes

- 4 Lámparas

- 4 Rollos de cable eléctrico sumergible

Que, según folleto presentado, se trata de un Sistema de Luz Submarina destinado a ser instalado en un barco pesquero, con el fin de lograr primeramente el agrupamiento de peces que se encuentren en el fondo del mar, para posteriormente atraerlos a la superficie al elevar la luz submarina modificando a la vez la intensidad de ella.

Que, en consecuencia se trata de un sistema de alumbrado eléctrico de aplicación especial, por cuanto sólo se pueda usar en las faenas de pesca.

Que, en virtud a lo señalado en los párrafos precedentes la mercancía en comento no podría ser clasificada en la partida 85.12), por cuanto, a pesar de tratarse de un aparato eléctrico de alumbrado, esta posición engloba sólo aquellos cuya luminosidad está dirigida a ser aprovechada por el ser humano con el objeto de distinguir cosas u objetos en la oscuridad.

Que, según las Notas Explicativas los sistemas de alumbrado especiales se clasifican en la Partida 9405 del Arancel Aduanero, sin importar la materia constitutiva ni la fuente de luz que utilice, además que pueden estar provistos de casquillos, interruptores, cables eléctricos con toma de corriente, transformadores, etc.

Que, las Notas Explicativas de la Partida 9405 del Arancel Aduanero incluyen en el Apartado I, numeral 3), a las lámparas de alumbrado para casos especiales.

Que, en consecuencia, y

TENIENDO PRESENTE:

Lo dispuesto en el Reglamento de Dictámenes.

SE DECLARA:

1. Sistema de luz submarina, marca Kioto Liminous Corp., utilizado por los buques de pesca y destinado a la captura de peces, cuya composición se señala en los considerandos, su clasificación arancelaria corresponde en la Subpartida 9405.40 como los demás aparatos eléctricos de alumbrado.

2. Entérese en Tesorería la suma de $25.000 valor de este Dictamen, para cuyo objeto el Director Regional de la Aduana de Valparaíso formulará el Cargo correspondiente y emitirá el respectivo G.C.P.

3. Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Servicio.