Dictamen de Clasificación N° 03, de 16 Enero 1996

VISTOS:

La solicitud presentada por el Agente de Aduanas, Sr. Carlos de Aguirre quien en representación de sus mandantes Sres. Aserraderos Unidos (Chile) Ltda., solicita se determine la exacta clasificación arancelaria que le procede al producto denominado “GROMOR”.

Informe Nº 140, de fecha 28.11.95 del Departamento Técnico del Departamento Nacional de Operaciones de esta Dirección Nacional.

Notas Explicativas del Arancel Aduanero.-

CONSIDERANDO:

Que, conforme a la información técnica proporcionada por los interesados el producto denominado “Gromor” se utiliza principalmente para abonar los suelos pobres de materia orgánica o lo suelos compactados, es decir, mejora suelos de uso agrícola.

Que, la muestra analizada se presenta como un producto de color pardo oscuro, fibroso, con trozos de madera húmedo, granulometría no homogénea, arde a la llama dejando cenizas alcalinas.

Que, el producto procede de la corteza de pino utilizada como materia prima y que se somete a una degradación biológica, desde corteza fresca hasta sustrato descompuesto, debidamente controlada.

Que, el producto en comento queda clasificado en la partida arancelaria 3101.0000 de acuerdo a los numerales 3 y 6 de las Notas Explicativas de la posición arancelaria señalada, en cuanto a que incluye a los productos vegetales podridos que no puedan utilizarse más que como abonos y el compost abono obtenido por descomposición de detritos, desperdicios vegetales cuya descomposición de ha acelerado o controlado por un tratamiento con cal, etc.

Que, por lo tanto y

TENIENDO PRESENTE:

Lo dispuesto en el Reglamento de Dictámenes.

SE DECLARA:

1. Producto denominado “Gromor”, corresponde a un abono agrícola de origen vegetal, obtenido de un proceso de descomposición microbiológico de la corteza de pino, y que corresponde a un producto fibroso, con trozos de madera húmedo y granulometría no homogénea, cuya clasificación arancelaria procede por la partida Arancelaria 3101.0000.

2. Entérese en Tesorería la suma de cincuenta mil pesos ($50.000), valor de este Dictamen, para cuyo efecto el Director Regional de la Aduana de Valparaíso formulará el cargo correspondiente y emitirá el respectivo Giro Comprobante de Pago (G.C.P.)

Anótese y comuníquese.