Dictamen de Clasificación N° 03, de 19 Enero 2005
VISTOS:
La presentación del Sr. Ricardo Mewes Schnaidt, Agente de Aduanas, quien, en representación de los Srs. Industria de Alimentos Dos en Uno S.A., solicita que esta Dirección Nacional emita un Dictamen que establezca la correcta clasificación arancelaria del producto al que denomina Lentejas de chocolate con leche, marca Arcor .
Especificaciones del producto; Regla General N 1 para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria; Arancel Aduanero, Sección IV; Nota 2, Capítulo 18; Partida 18.06; Notas Explicativas.
CONSIDERANDO:
Que, conforme especificaciones del producto, éste contiene los siguientes ingredientes: azúcar; manteca de cacao; masa de cacao; leche entera en polvo; leche descremada en polvo; emulsionantes: lecitina, poliglicerol polirricinoleato; aromatizante.
Que, dichas especificaciones señalan que para su elaboración se mezclan el azúcar, la masa de cacao, leche entera y descremada en polvo y manteca de cacao en una amasadora. La mezcla resultante se refina y se conduce a concas donde se completa el proceso de homogeneización del chocolate; en las concas se agregan emulsionantes y aromatizante. A continuación el chocolate se moldea en pequeñas piezas de forma lenticular, las que se pasan por un túnel de enfriamiento. Las lentejas se pesan y se envasan automáticamente en envases de polietileno.
Que, la Regla General 1 para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria, expresa: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo .................. .
Que, la Sección IV del Arancel Aduanero comprende los productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre;
Que, el Capítulo 18 abarca el cacao y sus preparaciones.
Que, acorde Nota 2 del Capítulo 18 del Arancel Aduanero, la partida N 18.06 comprende los artículos de confitería que contengan cacao y, salvo lo dispuesto en la Nota 1 de este Capítulo, las demás preparaciones alimenticias que contengan cacao.
Que, las Notas Explicativas de la Partida 18.06 definen el chocolate como el producto alimenticio compuesto esencialmente de pasta de cacao, casi siempre aromatizada, y azúcar u otros edulcorantes; la pasta de cacao se reemplaza, frecuentemente, por una mezcla de polvo de cacao y aceites vegetales. Se le suele añadir manteca de cacao y, a veces, leche, café, avellanas, almendras, corteza de naranja, etc.
Que, agregan dichas Notas: el chocolate y los artículos de chocolate se presentan bien en forma de bloques, tabletas, barras, barritas, pastillas, discos, gránulos, polvo, bien como bombones rellenos de crema, fruta, licor, etc.
Que, de conformidad con lo expuesto, la clasificación del producto denominado lentejas de chocolate con leche , procede por la Subpartida 1806.9020, comprensiva de los demás chocolates, en formas distintas de los bloques, tabletas o barras, sin rellenar.
Que, en mérito de lo anterior, y
TENIENDO PRESENTE:
Lo dispuesto en el Reglamento de Dictámenes.
SE DECLARA:
1. Producto denominado "Lentejas de chocolate con leche, marca Arcor", constituidas por una mezcla de azúcar, masa de cacao, leche entera y descremada en polvo y manteca de cacao, refinada, homogeneizada, adicionada de emulsionantes y aromatizantes y posteriormente moldeada para darle la forma lenticular, su clasificación procede por la Subpartida 1806.9020 del Arancel Aduanero.
2. Entérese en Tesorería la suma de $ 50.000.- (cincuenta mil pesos), valor de este Dictamen, para cuyo efecto el Sr. Director Regional de la Aduana de Valparaíso formulará el Cargo correspondiente y emitirá el Giro Comprobante de Pago (G.C.P.) respectivo.
Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Servicio.