Dictamen de Clasificación N° 06, de 25 Febrero 1994

VISTOS:

La solicitud presentada por el Despachador de Aduanas Sr. Jorge Vega D., en representación de sus mandantes Sres. "Anticorrosivos Industriales Ltda. Ancor", mediante la cual pide se dictamine la correcta clasificación arancelaria, que le corresponde a unas Celdas de Hormigón Polimérico utilizadas en la electrorefinación de metales tales como Cobre, Zinc o Cobalto.

Los informes Nºs 5 y 14 de fecha 17.01.94 y 07.02.94, respectivamente, emitidas por el laboratorio Químico del Departamento Técnico de este Servicio.

Las Notas Explicativas del Arancel Aduanero.

CONSIDERANDO:

Que, los interesados presentaron una muestra de la materia constitutiva de las Celdas de Hormigón Polimérico consistente en una pieza en forma de prisma recto, de sección cuadrada maciza de aproximadamente 4x4 cm. y 16 cm. de largo, color gris parduzco, superficie lisa y textura granular. Constituida por 88% de material silícico, aglutinado con un 12% de resina sintética a base de polímero estireno, material constitutivo de la masa que forma el estanque. El componente silíceo corresponde sílice de fórmula SiO2, de origen mineral, insoluble en ácidos inorgánicos.

Que, de acuerdo a catálogo original del fabricante, se trata de un material de gran resistencia mecánica y química, empleado para la construcción de celdas electrolíticas para la refinación de metales como cobre, cobalto, zinc, etc.

Que, por lo señalado precedentemente y teniendo en cuenta lo indicado en las Consideraciones Generales de la Sección XIII del Arancel Aduanero que permite la aglomeración de los productos minerales con aglutinantes; y

TENIENDO PRESENTE:

Lo establecido en el Reglamento de Dictámenes.

SE DECLARA:

1.CELDAS DE HORMIGON POLIMERICO constituidos por un 88% de material silíceo aglomerado con un 12% de resina sintética a base de polímeros de estireno, utilizadas en la electrorefinación de metales tales como, cobre zinc, cobalto, etc., su clasificación procede por la Subpartida 6815.9900 del Arancel Aduanero como las demás manufacturas de materiales minerales.

2.Entérese en Tesorería la suma de $25.000 (veinticinco mil pesos), para cuyo efecto el Director Regional de la Aduana de Valparaíso formulará el respectivo Cargo y emitirá el Giro Comprobante de Pago correspondiente.

Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Servicio.