Dictamen de Clasificación N° 06, de 28 Enero 1999

VISTOS:
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La presentación del Despachador Sr. Eduardo Mewes R., en representación de Industria de Alimentos Dos en Uno S.A. , mediante la cual solicita que esta Dirección Nacional emita un Dictamen que establezca la corrrecta clasificación arancelaria del producto de confitería denominado: Chubi maní.

Informe Nº 007, de 14.01.99, del Departamento Técnico.

Notas Explicativas de la Partida 18.06.

 

CONSIDERANDO:
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Que, la muestra analizada se presenta en envase original de material plástico flexible, impreso, de 14 gramos de peso cada uno, conteniendo en su interior productos de forma ovoide, constituidos por un núcleo de maní, bañados con una preparación a base de cacao en polvo, licor de cacao, leche, aceite vegetal hidrogenado, esencias, etc., y recubiertos con un baño de caramelo y posterior coloreado. Corresponden a artículos de confitería que contienen cacao y maní.

Que, de acuerdo a información proporcionada por los interesados, para la fabricación de dicho producto se comienza dosificando una cantidad de maní tostado en las turbinas. Cuando las turbinas se ponen en funcionamiento, se comienza a dosificar una primera capa de chocolate, la cual es secada mediante aire con humedad controlada, una vez que esta capa está seca , se repite el proceso hasta que el producto tiene el gramaje deseado.

Que, el producto así obtenido se colorea mediante un jarabe, el cual es dosificado en las mismas turbinas. Una vez que el producto ha sido coloreado, se lleva a estanque brillador, en el cual se procesa hasta alcanzar el brillo deseado.

Que, las Notas Explicativas de la Partida 18.06 señalan que el chocolate es el producto alimenticio compuesto esencialmente de pasta de cacao, casi siempre aromatizada, y azúcar u otros edulcorantes; la pasta de cacao se reemplaza, frecuentemente, por una mezcla de polvo de cacao y aceites vegetales. Se le suele añadir manteca de cacao y, a veces, leche, café, avellanas, almendras, corteza de naranja, etc.

Que, agregan dichas Notas que el chocolate y los artículos de chocolate se presentan bien en forma de bloques, tabletas, barras, barritas, pastillas, discos, gránulos, polvo, bien como bombones rellenos de crema, fruta, licor, etc.

Que, de conformidad con lo expuesto, la clasificación del producto denominado Chubi sabor chocolate procede por la subpartida 1806.9000, comprensiva de los demás chocolates y preparaciones que contengan cacao.

Que, en mérito de lo anterior, y

 

TENIENDO PRESENTE:
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Lo dispuesto en el Reglamento de Dictámenes.

 

SE DECLARA:
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1. Producto denominado "Chubi maní", que se presenta en envase original de material plástico flexible, impreso, de 14 gramos de peso cada uno, conteniendo en su interior productos de forma ovoide, constituidos por un núcleo de maní, bañados con una preparación a base de cacao en polvo, licor de cacao, leche, aceite vegetal hidrogenado, esencias, etc., y recubiertos con un baño de caramelo y posterior coloreado, que corresponden a artículos de confitería que contienen cacao y maní, su clasificación procede por la Subpartida 1806.9000 del Arancel Aduanero.

2. Entérese en Tesorería la suma de $ 50.000.- (cincuenta mil pesos), valor de este Dictamen, para cuyo efecto el Sr. Director Regional de la Aduana de Valparaíso formulará el Cargo correspondiente y emitirá el respectivo Giro Comprobante de Pago (G.C.P.).

Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Servicio.