Dictamen de Clasificación Nº 07, de 12 Febrero 2004

 

VISTOS:

 

La solicitud presentada por el Agente de Aduanas, Sr. Fernando Cancino Ahumada, en representación de GMC Consultores , por la que se pide se dictamine la clasificación arancelaria para producto denominado Contenedores fabricados con mallas de polipropileno, de porosidad microscópica , utilizados en diferentes tipos de drenajes y que se presentan como bolsas de diferentes capacidades, según uso a que van a ser destinadas.

 

Informe Técnico Nº 003, de 29.01.2004, del Subdepartamento Laboratorio Químico, de esta Dirección Nacional de Aduanas.

 

Las Notas Explicativas de la Partida 84.21, del Arancel Aduanero y catálogo.

 

CONSIDERANDO:

 

Que, enviada la muestra acompañada al Laboratorio Químico de esta Dirección Nacional, éste ha emitido al Informe Técnico Nº 003, del 28.01.04, el que forma parte del presente Dictamen, y que expresa lo siguiente:

 

La muestra analizada se presenta como un trozo de tejido de trama y urdimbre, de 10 cm de ancho, 18 cm de largo y 1.6 mm de espesor, de alta resistencia a la ruptura, de baja porosidad, teñido de color negro.

 

De acuerdo al análisis químico realizado mediante la técnica de espectro-fotometría infrarroja, la composición de las tiras e hilados de filamentos que constituyen el tejido es de polipropileno. Con el tejido descrito se fabrican estos contenedores.

 

Que, según lo manifestado por los interesados, la mercancía en cuestión es utilizada para diferentes tipos de drenajes, como por ejemplo, en residuos de pulpa y sedimentos de papel; en plantas de tratamiento municipales, drenajes de lodos industriales y en sedimentos marinos contaminados, para lo cual se aprovecha la micro porosidad del tejido de polipropileno para filtrar los líquidos contenidos y separar las materias de mayor densidad.

 

Que, conforme al catálogo acompañado, estos geotextiles son llenados con sedimentos, materiales de la descarga de dragados, residuos de pulpa y sedimentos de papel, sedimentos marinos contaminados, etc. y, debido a la pequeña porosidad, el exceso de agua, drena fuera de éstos, obteniéndose una reducción del volumen, de tal forma que puedan ser llenados repetidamente. Una vez finiquitado el ciclo de llenado y drenado, el material sólido retenido se deseca por la evaporación del agua residual a través de los poros de la malla.

 

Que, de lo antes expuesto, y por tratarse de simples bolsas de grandes dimensiones, sin dispositivo mecánico alguno, utilizadas para el drenaje del líquido que contienen los residuos y sedimentos con que han sido llenados, deben clasificarse como un artículo textil para uso técnico, de la posición 5911.9000. del Arancel Aduanero;

 

Que, por tanto y

 

TENIENDO PRESENTE:

 

Lo dispuesto en el reglamento de Dictámenes.

 

SE DECLARA:

 

Producto denominado Contenedores para confinamientos y drenado , marca Geotube, GT500, utilizado para el drenaje de líquidos de los residuos y sedimentos, debe clasificarse por la Posición 5911.9000 del Arancel Aduanero.

 

Entérese en Tesorería la suma de $50.000 (cincuenta mil pesos), valor de este Dictamen, para cuyo efecto la Dirección Regional de la Aduana de Valparaíso deberá formular el cargo correspondiente y emitir el Giro Comprobante de Pago( G.C.P.) respectivo.

 

Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Servicio.

Artículos relacionados