Dictamen de Clasificación N° 08, de 27 Enero 2005

 

VISTOS:

La presentación de los Srs. Jaime Hernández Meller y Rubén Gustavo Cúchero, quienes, en representación de los Srs. Industria de Alimentos Dos en Uno S.A., solicitan que esta Dirección Nacional emita un Dictamen que establezca la correcta clasificación arancelaria, tanto en el Arancel Aduanero Nacional como en el Arancel NALADISA, del producto al que denominan Bon o Bon, chocolate blanco, figura en forma de conejo, sin relleno , marca Arcor.

 

Muestra y especificaciones del producto; Regla General N 1 para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria; Arancel Aduanero, Sección IV; Capítulo 17; Partida 17.04; Notas Explicativas.

 

CONSIDERANDO:

Que, conforme solicitud, el producto, contiene los siguientes ingredientes:

- Azúcar: 41%

- Manteca de cacao: 31%

- Leche descremada en polvo: 20%

- Leche entera en polvo : 7,8%

- Lecitina INS 322 (emulsionante): 0.1%

- Vainillina (aromatizante) : 0,07%

 

Que, según especificaciones adjuntas, el producto se prepara mezclando los ingredientes en una amasadora. La pasta resultante se refina y se conduce a las concas donde se produce el proceso de homogeneización. El chocolate blanco se coloca en moldes especiales. Luego estos moldes se rotan, vibran intensamente y se enfrían de manera continua por espacio de unos minutos. La solidificación final del chocolate se produce en túneles de enfriamiento. Se desmoldan las mitades, luego se unen para formar la figura, que se envuelve en papel aluminio.

 

Que, la figura posee un peso neto de 100 g. Sus Códigos de identificación son: RNPA 04033729 y Arcor 4270.

 

Que, la Regla General 1 para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria, expresa: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo .................. .

 

Que, la Sección IV del Arancel Aduanero comprende los productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre;

 

Que, el Capítulo 17 abarca los azúcares y artículos de confitería.

 

Que, la Partida 17.04 del Arancel Aduanero contiene los artículos de confitería sin cacao (incluido el chocolate blanco).

 

Que, la Nota Explicativa de la Partida establece que ella comprende la mayor parte de las preparaciones alimenticias azucaradas sólidas o semisólidas dispuestas ya, en general, para su consumo inmediato y corrientemente designadas con el nombre de artículos de confitería o de dulcería.

 

Que, entre estos productos se pueden citar los confites, los caramelos y el chocolate blanco, compuesto de azúcar, manteca de cacao (que no tiene la consideración de cacao), leche en polvo y aromas, pero sin cacao apreciable.

 

Que, de conformidad con lo expuesto, la clasificación del producto en estudio, procede por la Subpartida 1704.9090, del Arancel Aduanero Nacional, comprensiva de los demás artículos de confitería sin cacao, y 1704.90.10, Arancel NALADISA, específica del chocolate blanco.

 

Que, en mérito de lo anterior, y

 

TENIENDO PRESENTE:

Lo dispuesto en el Reglamento de Dictámenes.

 

SE DECLARA:

1. Producto denominado Bon o Bon, chocolate blanco, figura en forma de conejo, sin relleno , marca Arcor. , peso neto 100 gr., códigos de identificación RNPA 04033729 y Arcor 4270, constituido por una mezcla de azúcar, manteca de cacao, leche entera y descremada en polvo, lecitina y vainillina, refinada, homogeneizada y posteriormente moldeada, su clasificación procede por la Subpartida 1704.9090 del Arancel Aduanero Nacional y 1704.90.10, Arancel NALADISA.

 

2. Entérese en Tesorería la suma de $ 50.000.- (cincuenta mil pesos), valor de este Dictamen, para cuyo efecto el Sr. Director Regional de la Aduana de Valparaíso formulará el Cargo correspondiente y emitirá el Giro Comprobante de Pago (G.C.P.) respectivo.

 

Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Servicio.

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