Dictamen de Clasificación Nº 19, de 11 Abril 2003

 

VISTOS:

La petición de Agente de Aduanas, Sr. Fernando Maurel W. a través de la cual solicita que esta Dirección Nacional emita un Dictamen que establezca la correcta clasificación arancelaria de unas mercancías denominadas estructuras de acero corrugadas, galvanizadas, de forma circular .

 

Notas Explicativas de la Partida 73.08; Catálogo de Armco Staco S.A.

 

CONSIDERANDO:

Que, la mercancía, según los antecedentes tenidos a la vista, consisten en estructuras de acero corrugadas, galvanizadas, de forma circular, modelo MP-152, fabricadas por Armco Staco S.A.

 

Que, dichas mercancías serán utilizadas en colectores de aguas servidas que serán instaladas en carreteras de uso público.

 

Que, se presentan en chapas de acero galvanizadas, en secciones que presentan un grado de curvatura para el armado de tubos para colectores de la faena propiamente tal, presentándose en cantidad y correspondencia de variedades que constituyen posteriormente los tubos.

 

Que, son comercializadas en metros lineales de chapas, para tuberías de 3,99 mts. de ancho, 2,49 mts. de largo y 2,7 m de espesor, otorgando gran eficacia estructural, versatilidad y facilidad de montaje.

 

Que, estas estructuras son fabricadas con un revestimiento anticorrosivo, a base de galvanizado por inmersión en caliente o recubierto epoxídico por deposición electrostática.

 

Que, el catálogo de Armco Staco S.A., contiene las instrucciones para la instalación de las estructuras en diversos tipos de terrenos: estable, irregular, lodoso y rocoso.

 

Que, detalla además, el montaje de las chapas, señalando que para mantenerlas en las posiciones correctas, en las estructuras circulares se colocarán 3 o 4 pernos con las tuercas sin apretar en cada costura.

 

Que, finalmente, se señala que después de instaladas las estructuras, se comenzará con las obras de terminación, que pueden ser realizadas antes, durante o después del relleno y compactación. Se recomienda para un mejor funcionamiento hidráulico y para mayor durabilidad de las estructuras, dependiendo del tipo de instalación, la construcción de alas y elementos de disipación de energía.

 

Que, la partida 73.08 comprende las construcciones y sus partes ( por ejemplo: puentes y sus partes, compuertas de esclusas, torres, castilletes, pilares, columnas, armazones para techumbre, techados, puertas y ventanas y sus marcos, bastidores y umbrales, cortinas de cierre, balaustradas), de función, hierro o acero, excepto las construcciones prefabricadas de la partida Nº 94.06; chapas, barras, perfiles, tubos y similares, de fundición, hierro o acero, preparados para la construcción.

 

Que, las Notas Explicativas de la referida partida señalan que comprende esencialmente lo que se ha convenido en llamar construcciones metálicas, incluso incompletas, y las partes de construcciones. Estas últimas se caracterizan por el hecho de que una vez llevadas a pie de obra, quedan en principio fijas. Estos productos se hacen generalmente con chapas, flejes, barras, tubos, perfiles diversos de hierro o de acero o de elementos de hierro forjado o de fundición moldeada, taladrados, ajustados o acoplados, con remaches o pernos o por soldadura autógena o eléctrica, a veces en combinación con artículos comprendidos en otra parte., tales como telas, enrejados y chapas o bandas extendidas en la partida 73.14.

 

Que, agregan dichas Notas que se clasifican igualmente aquí todos los elementos tales como productos laminados planos, planos universales, barras, perfiles, tubos, etc. que tengan trabajos (taladros, curvados, entalladuras principalmente) que le confieran el carácter de elementos de construcción.

 

Que, las estructuras materia del presente Dictamen serán empleadas para el armado de tubos para colectores, están destinadas a ser instaladas en forma fija y permanente.

 

Que, estas estructuras de acero corrugado son fabricadas con un revestimiento anticorrosivo y se presentan en secciones con un grado de curvatura para el conformado de los tubos.

 

Que, como se puede apreciar, la mercancía en análisis reúne las condiciones requeridas por las Notas Explicativas para considerarla comprendida en la partida 73.18, dado que constituyen elementos destinados para la construcción.

 

Que, ahora bien, en razón que las chapas se presentan en partes que al reunirlas constituirían un objeto determinado y que se presenten conjuntamente al aforo y previo cumplimiento de los demás requisitos exigibles, sería factible la aplicación de la Regla 1, inciso 1º sobre procedimiento de aforo.

 

Que, en tales circunstancias las clasificación arancelaria de estas chapas procede por la subpartida 7308.9000, comprensiva de las chapas, barras, perfiles, tubos y similares, de fundición, hierro o acero, preparados para la construcción.

 

Que, en mérito de las consideraciones expuestas, y

 

TENIENDO PRESENTE:

Lo dispuesto en el Reglamento de Dictámenes.

 

SE DECLARA:

1. Estructuras de acero corrugadas, galvanizadas, de forma circular, modelo MP-152, fabricadas por Armco Staco S.A., utilizables en colectores de aguas servidas que serán instaladas en carreteras de uso público. Se presentan en chapas de acero galvanizadas, en secciones que presentan un grado de curvatura para el armado de tubos para colectores en la faena propiamente tal, presentándose en cantidad y correspondencia de variedades que constituyen posteriormente los tubos. Son comercializadas en metros lineales de chapas, para tuberías de 3,99 mts. de ancho, 2,49 mts. de largo y 2,7 mm de espesor, otorgando gran eficacia estructural, versatilidad y facilidad de montaje, su clasificación procede por la subpartida 7308.9000 del Arancel Aduanero.

 

2. Entérese en Tesorería la suma de $ 50.000.- (cincuenta mil pesos), valor de este Dictamen, para cuyo efecto el Sr. Director Regional de la Aduana de Valparaíso formulará el Cargo correspondiente y emitirá el respectivo Giro Comprobante de Pago (G.C.P.).

 

Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Servicio.