Dictamen de Clasificación Nº 31, de 02 Junio 2004.

 

VISTOS:

 

La solicitud presentada por Doña Jessica Hurtado, Jefe Producto Troy Corp., de ARQUIMED S.A., en que pide se emita Dictamen de clasificación arancelaria del producto denominado Mergal K-14 .

 

Informe Técnico No 023 de 13 de Mayo de 2004, del Subdepartamento Laboratorio Químico, de esta Dirección Nacional de Aduanas.

 

Notas Explicativas del capítulo 38.

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Subdepartamento Laboratorio Químico, ha emitido Informe Técnico No 23/2004, donde se consigna, respecto del producto denominado Mergal K-14 , lo que sigue:

 

1. La muestra analizada se presenta como un líquido transparente, levemente amarillo, reacción levemente ácida (P.H. 6) soluble en agua, presencia de nitratos.

 

2. La constitución es: 5 cloro 2 metil 3 (2h) izothia zolone, mezclado con 2 metil 3(2h) isotiazolona, como principio activo, con nitrato de magnesio y etilenedioxi dimetanol.

 

3. Es un producto de acción rápida, que actúa como microbicida, antibacteriano desinfectante, para preservar pinturas, tintas, emulsiones fotográficas, etc.; actúa en un rango de Ph entre 3 y 9.

 

Que, las Notas Explicativas de la partida 38.08, en que explica como pueden subdividirse los productos de esta partida, en su apartado IV referido a los desinfectantes, los define como productos que destruyen de modo irreversible las bacterias, virus u otros microorganismos indeseados que se encuentran generalmente en los objetos inanimados. En consecuencia, la clasificación arancelaria del producto Mergal K-14, procede por la partida 3808.4010 ó 3808.4090, según se encuentre o no acondicionado para la venta al por menor.

 

Que por tanto y,

 

TENIENDO PRESENTE:

 

Lo dispuesto en el Reglamento de Dictámenes.

 

SE DECLARA:

 

1. Producto denominado Mergal K-14 , presentado como un líquido transparente, levemente amarillo, que actúa como microbicida, antibacteriano desinfectante para preservar pinturas, tintas, emulsiones fotográficas, etc., corresponde ser clasificado en la posición arancelaria 3808.4010, si se presenta acondicionado para la venta al por menor. En caso contrario, procede su clasificación por la partida 3808.4090, del Arancel Aduanero.

 

2. Entérese en Tesorería la suma de $50.000.- (cincuenta mil pesos), valor de este Dictamen, para cuyo efecto el Sr. Director Regional de la Aduana de Valparaíso formulará el Cargo correspondiente y emitirá el respectivo Giro Comprobante de Pago (G.C.P.).

 

Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Servicio.