Dictamen de Clasificación N° 38, de 03 Octubre 1997

VISTOS:

La presentación del Agente de Aduanas Sr. Hernán Tellería R., en representación de Laboratorio Pfizer de Chile, mediante la cual solicita que esta Dirección Nacional emita un Dictamen que establezca la correcta clasificación arancelaria del producto denominado "Fortigro 5,5%".

Informe Nº 124, de 09.09.97, del Departamento Técnico.

Notas Explicativas de las Partidas 23.09 y 30.04.

CONSIDERANDO:

Que, la muestra analizada se presenta como un producto en forma de copos finos de color amarillo, insolubles en agua, constituida por un 5% aproximado de la sustancia activa Carbadox (metil 3-(2- quinoxalínilmetilen) carbazato - N1, N4 - dióxido), adicionada de soporte de afrecho de raps (94,5%) y de mezcla de carbono grafítico con residuos molidos de maíz, como agregado antiestático. Residuo de calcinación 29,10%.

Que, el producto se presenta acondicionado en envase original de papel de 5,00 kilos de peso neto, impreso con nombre del producto.

Que, según el catálogo y antecedentes aportados, el producto Fortigro corresponde a una premezcla de uso veterinario para el ganado porcino, utilizado como preventivo y curativo de la disentería vibriónica y otras enteritis infecciosas, además como estimulante del crecimiento.

Que, en la partida 23.09 están comprendidas las preparaciones del tipo de las utilizadas para la alimentación de los animales, señalándose en las Notas Explicativas de dicha posición que las preparaciones destinadas a la fabricación de los alimentos "completos" o "complementarios" descritos en los apartados A y B, no deben confundirse, sin embargo, con ciertas preparaciones de uso veterinario. Estas últimas se distinguen en general por la naturaleza necesariamente medicamentos del producto activo, por su concentración netamente más elevada de sustancia activa y por una presentación con frecuencia diferente.

Que, a su vez, en la partida 30.04 están comprendidos los medicamentos (con exclusión de los productos de las partidas 30.02, 30.05 o 30.06) constituidos por productos mezclados o sin mezclar, preparados para usos terapéuticos o profilácticos, dosificados o acondicionados para la venta al por menor.

Que, según se desprende del análisis efectuado por el Departamento Técnico, el Fortigro 5,5%, es una premezcla medicamentosa, (sustancia activa Carbadox 5%), de uso veterinario, cuya clasificación procede por el ítem 3004.9020 del Arancel Aduanero.

Que, en mérito de lo expuesto, y

TENIENDO PRESENTE:

Lo dispuesto en el Reglamento de Dictámenes.

SE DECLARA:

1. Producto denominado "FORTIGRO 5,5%" corresponde a una premezcla medicamentosa (sustancia activa Carbadox 5%) de uso veterinario, cuya clasificación procede por el ítem 3004.9020 del Arancel Aduanero.

2. Entérese en Tesorería la suma de $ 50.000.- (cincuenta mil pesos), valor de este Dictamen, para cuyo efecto el Sr. Director Regional de la Aduana de Valparaíso formulará el Cargo correspondiente y emitirá el respectivo Giro Comprobante de Pago (G.C.P.).

Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Servicio.