Dictamen de Clasificación N° 38, de 13 Agosto 1996

VISTOS:

La presentación del señor WILLIAN WHITTLE F., en representación de “INDUSTRIAS QUIMICAS DE YODO S.A.”, por la cual solicita se dictamine la correcta clasificación arancelaria que le corresponde al producto denominado “ACIDO 3.5 DIIODOSALICILICO”, para cuyo efecto se acompaña literatura con antecedentes técnicos y muestras de la mercancía.

Notas Explicativas de la Partida 2918 del Arancel Aduanero.

Informe Nº 85 de 05.07.96 del Departamento Técnico de esta dirección Nacional.

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a antecedentes aportados, el ACIDO 3.5 DIIODOSALICILICO, C7H4I203, se presenta como polvo ligeramente amarillento o como agujas incoloras, inodoro y tiene sabor amargo, soluble a 25ºC en 5200 partes de agua, soluble en alcohol y en la mayor parte de los solventes orgánicos y funde con descomposición a 235-236ºC.

Que, según los interesados, las referida especie tiene las siguientes características:

- Peso molecular : 389.94

- Estado físico : Polvo

- Color : Ligeramente amarillo, beige

- Punto de fusión : 235 – 236º C

- Solubilidad en H20 : 1 g/5200 mL H20

- Solubilidad en CHCI3 : Insoluble

- Solubilidad en C6H6 : Insoluble

- Usos: Antiparasitario y fuente de yodo de alimento animal

- Preparación : Por reacción del ácido salicílico con ICI o con H202/I2

- Materias primas 70%: Origen nacional 60% (yodo 44% Etanol 16%) origen importado 10% (ácido salicílico 6% metabisulfito de sodio 2% agua oxigenada 2%).

- Costos 30%: Directo 20%; indirectos 10%

Que, el Informe Nº 85 de 05.07.96, el Departamento Técnico de esta Dirección Nacional, ha establecido que:

1.- Las muestras analizadas se presentan en envase de polietileno conteniendo un producto en polvo de color blanco, ligeramente amarillento, poco soluble en agua, soluble en alcohol y éter. Punto de fusión 236º C (descompone)

2.- Que, este producto se obtiene por yodación del ácido salicílico con yodo y peróxido de hidrógeno y es utilizado para la producción de compuestos antiparasitarios de uso veterinario, complemento alimenticio animal.

3.- Que, de acuerdo a información Técnica “medicamenta”, Guía Teórico-práctica para Farmacéuticos y Médicos del Dr. P. Font Quer pág. 61, el ácido 3.5 Diyodosalicílico tiene las siguientes propiedades terapéuticas: Antipirético, analgésico, antiséptico. Se usa a veces en el reumatismo, en la gota y sobre todo, en la artritis blenorrágica.

4.- Que, conforme a la naturaleza del producto, a sus características terapéuticas y al texto de la partida 2918, dicha Unidad Técnica estima que la mercancía objeto del análisis, debe ser clasificada en el Item 2918.2900.

Que, por lo tanto, y

TENIENDO PRESENTE:

Lo dispuesto en el Reglamento de Dictámenes.

SE DECLARA:

1. Producto denominado “ACIDO 3.5 DIIODOSALICILICO”, su clasificación procede por el Item 2918.2900 del Arancel Aduanero.

2. Por estar constituido el producto en análisis mayoritariamente de insumos de origen nacional (60%+30%) es un producto considerado de “origen nacional” que cumple con lo establecido en el Inc. 3º del Art. 1º de la Ley Nº 18.480/88 y que no se encuentra comprendido en el Dto. Nº 109 de 04.03.96 del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, a fin de acceder al reintegro simplificado a los exportadores que concede la citada Ley.

3. Entérese en Tesorería la suma de $50.000(cincuenta mil pesos), valor del presente Dictamen, para cuyo efecto el Director Regional de la Aduana de Valparaíso deberá formular el cargo correspondiente y emitir el respectivo Giro Comprobante de Pago.

Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Servicio.