Dictamen de Clasificación Nº 40, de 13 Agosto 2004

 

VISTOS:

La Solicitud del Agente de Aduanas señor Sandro Rossi Wittemann, por la que pide un Dictamen que determine la clasificación arancelaria de ocho tractocamiones marca "CAPACITY", Modelo TJ 7000, año 2004, dotados de quinta rueda.

 

Notas Explicativas para la Partida 87.01; Hojas de Catálogo con especificaciones técnicas de tractocamión y Cotización del proveedor, Capacity of Texas.

 

CONSIDERANDO:

Que, se trata de tractocamiones cuyas características principales son:

 

- Marca CAPACITY modelo TJ 7000.

- Motor de 173 EPA Industrial Turbo Diesel.

- Transmisión automática, Allinson MD 3060, electrónica.

- Velocidad máxima 32,683 klms. por hora.

- Dirección hidrostática, de poder.

- Quinta rueda con una capacidad de soporte de 31.751 Kg, y un

levante de accionamiento hidráulico.

- Tren delantero para soportar carga de 5.443 Kg.

- Tren trasero para soportar carga de 19.051 Kg.

- Cabina desplazada al lado izquierdo para una persona, dos puertas.

- Largo del vehículo: 4.7244 mm.

 

Que, de acuerdo a catálogo técnico del vehículo TJ700, es un vehículo para uso fuera de carretera .

 

Que, la Cotización Nº 11010, en nota señala que el propósito o uso principal de este vehículo es fuera de carretera.

 

Que, conforme a los antecedentes aportados, estos vehículos serán utilizados como tracto camiones de terminal en el Terminal Pacífico Sur Valparaíso.

 

Que, la Partida 87.01 comprende a los tractores (Excepto las carretillas tractor de la partida Nº 87.09)

 

Que, las Notas Explicativas, respecto de los vehículos en análisis, expresa que, se entiende por tractores los vehículos con motor, de ruedas o de orugas, diseñados esencialmente para tirar o empujar a otros artefactos, vehículos o cargas.

 

Que, la subpartida 8701.20 comprende a los tractores de carretera para semirremolque.

 

Que, los tractores antes señalados están indicados en las definiciones del Capítulo I de la Resolución Nº 2.400/85, como: vehículo automotor que se desliza sobre ruedas, de construcción especialmente robusta, de corta distancia entre ejes, provisto de cabina de conducción, construidos exclusiva o esencialmente para remolcar, con un dispositivo para arrastrar semiremolques (quinta rueda) .

 

Que, conforme a las características y especificaciones técnicas, especialmente las referidas a la velocidad máxima que desarrollan (32,683 kilómetros por hora) y a la cabina desplazada hacia un lado y sin las condiciones mínimas de confort para conducción en tramos largos, estos ingenios no son adecuados para transitar en carreteras, por lo que no corresponden ser clasificados como tractores de carretera para semiremolque.

 

Que, por lo tanto, los vehículos que nos ocupan, que están concebidos para labores de arrastre de terminal, utilizados para transporte de contenedores sobre semi-remolques, corresponden ser clasificados en la Subpartida 8701.9019 del Arancel, como tractores de ruedas para el arrastre y transporte de mercancías, fuera de carretera.

 

Que, en mérito a las consideraciones vertidas en párrafos anteriores y

 

TENIENDO PRESENTE:

Lo dispuesto en el Reglamento de Dictámenes.

 

SE DECLARA:

1. Tractocamiones de ruedas marca CAPACITY , todos modelos TJ 7000, con acondicionamiento hidráulico en su quinta rueda, con una velocidad máxima de 32,683 kms/hr, procede su clasificación por la posición 8701.9019 del Arancel Aduanero.

 

2. Entérese en Tesorería la suma de $ 50.000 (cincuenta mil pesos) valor de este Dictamen, para cuyo efecto el Director Regional de la Aduana de Valparaíso formulará el Cargo correspondiente.

 

Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Servicio.