Dictamen de Clasificación Nº 59, de 28 Octubre 2003
VISTOS:
La petición del Agente de Aduanas Sr. Patricio Rojas Mac-Ginty, quien en representación de Xerox de Chile S.A., solicita que esta Dirección Nacional emita un Dictamen que establezca la correcta clasificación arancelaria de una impresora Compact Solven 250, cuyo catálogo con las correspondientes especificaciones técnicas acompaña a la presentación.
Estos antecedentes; Notas Explicativas del Capítulo 84; partidas 84.71 y 84.43 del Arancel Aduanero; Antecedentes técnicos obtenidos de Internet.
CONSIDERANDO:
Que, las impresoras Compact Solven 250, constituyen equipos impresores de formato ancho a base de solvente, que utilizan las principales tecnologías par la impresión, proporcionando al usuario comodidad y óptima calidad de trabajo ejecutado.
Que, la referida impresora cuenta con cabezales de impresión que utilizan tecnología Xaar Jet piezo eléctrica, ajustables a diversas velocidades para obtener así, menor consumo de tinta con mayor densidad de color.
Que, posee las siguientes especificaciones técnicas:
- Tecnología de impresión : 4 cabezales Xaarjet piezoeléctricas
- Sistema de distribución de tinta: sistema continuo de alimentación por bomba eléctrica.
- Compatibilidad de tintas : tinta a base de solvente vinílica, CMYK
- Modo de impresión : uni y bidireccional
- Resolución de impresión : 200 x 200 dpi
- Largo máximo de impresión : 2500 mm
Que, la impresora Compact Solven 250, puede entregar imágenes en una amplia variedad de materiales de impresión, para ambientes internos y externos.
Que, de acuerdo a sus características, particularmente en términos de capacidades técnicas y aplicaciones particulares, reúne los requisitos de máquinas diseñadas para desempeñar una función propia distinta del tratamiento o procesamiento de datos.
Que, la Nota 5B) del Capítulo 84 dispone que las máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos pueden presentarse en forma de sistemas que comprendan un número variable de unidades individuales. Sin perjuicio de los dispuesto en el apartado E) siguiente, se considerará que forma parte de un sistema completo cualquier unidad que cumpla con todas la condiciones siguientes:
a) que sea del tipo utilizado exclusiva o principalmente en un sistema automático para tratamiento o procesamiento de datos;
b) que pueda conectarse a la unidad central de proceso, sea directamente, sea mediante otra u otras unidades; y
c) que sea capaz de recibir o proporcionar datos en forma (códigos o señales) utilizable por el sistema.
Que, por su parte, la Nota 5 E) del Capítulo 84 establece que las máquinas que desempeñen una función propia distinta del tratamiento o procesamiento de datos y que incorporen una máquina automática para tratamiento o procesamiento de datos y trabajen en unión con tal máquina, se clasificarán en la partida correspondiente a su función o, en su defecto, en una partida residual.
Que, según las Notas Explicativas de la partida 84.71, el procesamiento de datos consiste en manipular información de todo tipo, en secuencias lógicas previamente establecidas para fines específicos.
Que, las Notas Explicativas de la partida 84.71 en el apartado relativo a las máquinas numéricas, en el párrafo antepenúltimo señalan que las impresoras por chorro de tinta que trabajan en conexión con una máquina automática del tratamiento o procesamiento de datos, pero tienen (por sus dimensiones, su capacidad técnica y sus aplicaciones especiales) las características de máquinas de imprimir para una determinada función de imprenta o de artes gráficas (por ejemplo, tiradas preliminares de pruebas en color), se consideran máquinas con función propia y se clasifican en la partida 84.43.
Que, por consiguiente, la clasificación de la impresora de inyección de tinta, de gran formato, Compact Solven 250 procede por el código 8443.5100, que comprende las máquinas de imprimir por chorro de tinta.
Que, en mérito de lo expuesto, y
TENIENDO PRESENTE:
Lo dispuesto en el Reglamento de Dictámenes.
SE DECLARA:
1. Impresora Compact Solven 250, que constituyen equipos impresores de formato ancho a base de solvente, que utilizan las principales tecnologías para la impresión y cuenta con cabezales de impresión que utilizan tecnología Xaar Jet piezo eléctrica, ajustables a diversas velocidades para obtener así, menor consumo de tinta con mayor densidad de color, su clasificación procede por el código 8443.5100 del arancel aduanero.
2. Entérese en Tesorería la suma de $ 50.000 (cincuenta mil pesos), valor de este Dictamen, para cuyo efecto el Sr. Director Regional de la Aduana de Valparaíso formulará el Cargo correspondiente y emitirá el respectivo Giro Comprobante de Pago (G.C.P).
Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Servicio.