Dictamen de Clasificación N° 71, de 06 Octubre 2005

 

VISTOS:

La presentación del Agente de Aduanas Sr. Estanislao Sánchez G. quién, en representación de los Srs. Keystone Distribution de Chile, solicita se emita un Dictamen que determine la correcta clasificación arancelaria del producto que identifica como Cobertura de Frutilla .

 

Muestra de la mercancía; Informe Nº 066, de 21.09.2005, del Subdepartamento Laboratorio Químico; Partida 21.03 del Arancel Aduanero; Notas Explicativas.

 

CONSIDERANDO:

Que, acorde lo informado por el Subdepartamento Laboratorio Químico, el producto materia de este estudio arancelario se presenta en un envase plástico, bolsa de polietileno/poliéster de tres costuras, sin impresión, de 1 kilo de capacidad, conteniendo en su interior un líquido semiviscoso (suspensión), color rojizo, con trozos de frutas, presentando las siguientes características:

 

Grados Brix 20 C: 52.2 (50 3)

PH: 4.3 (3.8 0.5)

Color: Rojizo similar al de las frutillas

Sabor: Característico a frutas, principalmente frutillas.

Olor: Característico que recuerda a frutillas.

 

Que, los ingredientes y porcentajes utilizados son los siguientes:

Azúcar: 42%

Frutilla: 25%

Mora: 10%

Frambuesas: 6%

Jarabe de alta fructosa: 5%

Almidón de trigo modificado: 2%

Pectina: 0.2%

Goma Guar: 0.2%

Esencia de frutas del bosque: 0.2%

Sorbato de potasio: 0.15%

Acido cítrico 0.15%

Colorante amaranto: 0.008%

Agua c.s.p. 100

 

Que, según señala el recurrente, producto, al cual denominan también Preparado de Forest Fruit , es una preparación de carácter alimenticia a base de frutillas seleccionadas, cortadas en rebanadas, frambuesas y moras seleccionadas, agua, azúcares, estabilizantes, saborizantes, colorantes y conservantes, destinado a ser utilizado como salsa para destacar el sabor de los postres y helados, para la venta en locales de una cadena de comida rápida.

 

Que, la Regla General 1 para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria, dispone: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.....

 

Que, la Sección IV del Arancel Aduanero comprende los productos de las industrias alimentarias .

 

Que, el Capítulo 21 del Arancel Aduanero abarca las preparaciones alimenticias diversas.

 

Que, la Partida 21.03 del Arancel Aduanero ampara las preparaciones para salsas y salsas preparadas.

 

Que, las Notas Explicativas de la partida 21.03 expresa que ella comprende algunas preparaciones a base de hortalizas o de frutas que se presentan líquidas, en emulsiones o suspensiones y que contienen trozos visibles de hortalizas o de frutas. Estas preparaciones se distinguen de las frutas y hortalizas preparadas o en conserva y del Capítulo 20 en que se utilizan como salsas, es decir, para acompañar o preparar ciertos platos, mientras que aquellas se consumen solas.

 

Que, de conformidad con lo expuesto, la clasificación del producto denominado Cobertura de Frutilla o Preparado de Forest Fruit procede por la Subpartida 2103.9090, comprensiva de las demás salsas preparadas.

 

Que, en mérito de lo anterior, y

 

TENIENDO PRESENTE:

Lo dispuesto en el Reglamento de Dictámenes.

 

SE DECLARA:

1. Producto denominado Cobertura de Frutilla o Preparado de Forest Fruit constituido por frutillas seleccionadas, cortadas en rebanadas, frambuesas y moras seleccionadas, agua, azúcares, estabilizantes, saborizantes, colorante y conservantes, destinado a ser utilizado como salsa para destacar el sabor de postres y helados, su clasificación procede por la Subpartida 2103.9090 del Arancel Aduanero.

 

2. Entérese en Tesorería la suma de $50.000 (cincuenta mil pesos), valor del presente Dictamen, para cuyo efecto el Director Regional de la Aduana de Valparaíso formulará el Cargo correspondiente y emitirá el Giro Comprobante de Pago (G.C.P.) respectivo.

 

Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Servicio.