Dictamen de Clasificación N° 76, de 10 Agosto 2006

 

VISTOS:

La solicitud del Agente de Aduanas Señor Rafael Flores Cuellar, en representación de Santista Textil Chile S.A., en que pide se emita dictamen de clasificación arancelaria para producto denominado Over Black Denim.

 

Informe No 53 apartado 1, de 22.06.06, del Subdepartamento Laboratorio Químico de esta Dirección Nacional de Aduanas.

 

La Sección XI, Nota de Subpartida del Capítulo 52 y Reglas generales Interpretativas Nos 1 y 2, del Arancel aduanero.

 

CONSIDERANDO:

Que, por Informe de los Vistos, emitido por el Subdepartamento Laboratorio Químico se comunica:

 

- La muestra analizada corresponde a un trozo de tejido de trama y urdimbre, ligamento sarga 3 x 1 (curso igual a 4) con hilados de distintos colores, gris los de trama y negros los de urdimbre, de efecto por urdimbre.

- El tejido está constituido por hilados de fibras 100% de algodón, con peso de 457 g/m2.

- Presenta un sobreteñido de color negro, proceso que consiste en sumergir la tela en un baño, siendo luego vaporizada para lograr la fijación del colorante, sobreteñido que es imperceptible a simple vista.

 

Que, en base al análisis efectuado, la Nota de Subpartida del Capítulo 52, partida 52.09, esa Unidad opina que la muestra en análisis correspondería ser clasificada por el ítem 5209.4290, esto es, como un tejido de mezclilla ( denim ).

 

Que dicha Nota de Subpartida, define los tejidos de mezclilla ( Denim ), de las subpartidas 5209.42 y 5211.42, como los tejidos con hilados de distintos colores, de ligamento sarga de curso inferior o igual a 4, incluida la sarga quebrada (a veces llamada raso de 4), de efecto por urdimbre, en los que los hilos de urdimbre sean de un solo y mismo color y los de trama, crudos, blanqueados, teñidos de gris o coloreados con un matiz más claro que el utilizado en los hilos de urdimbre.

 

Que, si bien el tejido denominado Over Black Denim, presenta las características esenciales para ser considerado como tejido de mezclilla ( Denim ), ha recibido un sobre teñido que, aún cuando resulte imperceptible a simple vista, constituye un tratamiento adicional que le hace perder su calidad de denim , por lo que su clasificación - por aplicación de las RGI Nos 1 y 6 - corresponde por el ítem 5209.4300.

 

Que, por tanto, y

 

TENIENDO PRESENTE:

Lo dispuesto en el Reglamento de Dictámenes.

 

SE DECLARA:

1. Tejido de trama y urdimbre, denominado Over Black Denim, 100% algodón, de ligamento sarga 3x1 (curso igual a 4), con hilados de distintos colores, de efecto por urdimbre, con sobre teñido de color negro y peso de 457 g/m2, procede ser clasificado en el ítem 5209.4300 del Arancel Aduanero.

 

2. Entérese en Tesorería la suma de $50.000.- (cincuenta mil pesos), valor de este Dictamen, para cuyo efecto el Sr. Director Regional de la Aduana de Valparaíso formulará el Cargo correspondiente y emitirá el respectivo Giro Comprobante de Pago (G.C.P.).

 

3. Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Servicio.