Dictamen de Clasificación Nº 78, de 03 Octubre 2002

 

VISTOS:

La presentación del Agente de Aduanas Sr. Edmundo Browne Vargas, mediante la cual, en representación de HEWLETT PACKARD S.A., solicita que esta Dirección Nacional emita un Dictamen que establezca la correcta clasificación arancelaria de una mercancía a la que denomina Dispositivo móvil o computador electrónico de bolsillo HP Jornada 720

 

Antecedentes acompañados y otros obtenidos en Internet; Guía del usuario; Regla General Nº 1 para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria; Nota 5 A), Capítulo 84; Nota 6, Capítulo 85; Partida 84.71 Arancel Aduanero; Notas Explicativas.

 

CONSIDERANDO:

Que, acorde antecedentes, el aparato sometido a estudio cuenta con los siguientes elementos:

- Microprocesador de 206 MHZ y 32 bit.

- Memoria estándar 32 MB SDRAM, 51 MHZ data bus.

- Pantalla LCD en color de 6,5 pulgadas (16,7 cm), admite hasta 65.536 colores; 640 x 240 pixeles; aceleración de gráficos bidimensionales.

- Entrada: Teclado táctil ( partes del tamaño completo); teclado numérico integrado; pantalla táctil.

- Ranuras para tarjetas: PC Card del tipo II; CompactFlash de tipo I y para tarjetas de lector de tarjetas inteligentes.

- Puertos Externos (I/O): un puerto serie RS 232C, 115 Kbps; un puerto USB; un puerto IrDA, 115 Kbps; un puerto Modem RJ11.

- Sonido: Altavoz y micrófono de audio; conector de audio estéreo; grabador de voz incorporado.

- Alimentación eléctrica: Batería recargable de ion de litio; una pila de reserva del tipo de botón de 3V, CR2032; Adaptador de corriente.

- Programas incluidos: Microsoft Windows for Handheld PC 2000; Versión 3.0 de Sistema Operativo; Microsoft Pocket Word; Pocket Excel; Pocket Powerpoint; Pocket Access; Microsoft Pocket Outlook (Calendario, Tareas, Contactos, Bandeja de Entrada); Microsoft Internet Explorer para PC de bolsillo (versión 4.01); Microsoft Windows Media Player para PC de bolsillo; Microsoft Voice Recorder; Landware OmniSolve (HP calculadora de negocio); Yahoo Messenger (permite enviar mensajes instantáneos, chequear noticias, etc.).

- Disco compacto con programas Microsoft ActiveSync 3.1 (sincronización de PC); Microsoft Outlook 2000 (versión de sobremesa).

- Conección estándard: Modem interno 56Kbps. v.90.

- Peso: 510 gramos con la batería estándar.

 

Que, el ingenio funciona perfectamente como un equipo autónomo, pero, para aprovechar al máximo sus posibilidades, puede conectarse ya sea a un PC de escritorio o PC portátil, para sincronizar y actualizar ambos equipos con la información más reciente, pero, para tal efecto, se debe instalar, en el PC de escritorio, el programa Microsoft ActiveSync, contenido en un disco compacto que viene con el HP Jornada 720.

 

Que, la Regla General 1 para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria, dispone: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.....

 

Que, la Sección XVI del Arancel Aduanero abarca las máquinas y aparatos, material eléctrico y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos.

 

Que, el Capítulo 84 del Arancel Aduanero comprende los reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos.

 

Que, de conformidad a la Nota 5 A) del Capítulo 84, en la Partida Nº 84.71, se entiende por máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos:

 

a) Las máquinas digitales capaces de :

1) Registrar el programa o programas de proceso y, por lo menos, los datos inmediatamente necesarios para la ejecución de ese o esos programas;

2) Ser programadas libremente de acuerdo con las necesidades del usuario;

3) Realizar cálculos aritméticos definidos por el usuario, y

4) Ejecutar, sin intervención humana, un programa de proceso en el que puedan, por decisión lógica, modificar su ejecución durante el mismo.

 

b) Las máquinas analógicas capaces de simular modelos matemáticos que tengan, por lo menos: órganos analógicos, órganos de mando y dispositivos de programación.

 

c) Las máquinas híbridas que comprendan una máquina digital asociada con elementos analógicos o una máquina analógica asociada con elementos digitales.

 

Que, acorde Nota Explicativa de la Partida 84.71, el tratamiento o procesamiento de datos consiste en manejar datos de cualquier clase de acuerdo con procesos lógicos preestablecidos para uno o varios fines determinados.

 

Que, señala, las máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos son máquinas capaces de proporcionar, mediante operaciones lógicas ligadas unas a otras que se suceden en un orden predeterminado (programa), informaciones directamente utilizables o susceptibles de servir ellas mismas, en determinados casos, como datos para otras operaciones de tratamiento de información.

 

Que, agrega, la presente partida comprende estas máquinas cuando las secuencias lógicas de las operaciones pueden modificarse según los trabajos que hay que realizar y en las que las operaciones se pueden realizar automáticamente, es decir, sin ninguna intervención del operador durante todo el transcurso del tratamiento. Utilizan esencialmente señales electrónicas, pero pueden igualmente emplear otras tecnologías: neumáticas, hidráulicas, ópticas, etc. Algunas incluso combinan varias de estas tecnologías.

 

Que, indica, dichas máquinas se presentan, bien en forma de bloques unitarios que reúnen en una misma envuelta (gabinete) todos los elementos necesarios para el tratamiento o procesamiento de datos, o bien en forma de conjuntos o sistemas compuestos de un número variable de unidades distintas.

 

Que, la Subpartida 8471.3000 del Arancel Aduanero comprende las máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos, digitales, portátiles, de peso inferior o igual a 10 kg. que estén constituidas, al menos, por una unidad central de proceso, un teclado y un visualizador.

 

Que, por su parte, la Nota Explicativa de la Subpartida 8471.30, precisa que estas máquinas se equipan con una pantalla plana, pudiendo funcionar sin una fuente de energía eléctrica externa, e incorporan frecuentemente un módem acústico para establecer comunicaciones a través de la red telefónica conmutada.

 

Que, en relación a la clasificación del disco compacto que se proporciona conjuntamente con el equipo, se debe considerar que la Nota 6 del Capítulo 85, dispone:

- Los discos, cintas y demás soportes de las partidas Nºs. 85.23 u 85.24, se clasificarán en estas partidas cuando se presenten con los aparatos para los que estén destinados.

- Esta Nota no se aplica cuando estos soportes se presenten con otros artículos distintos a los aparatos para los que están destinados

 

Que, acorde antecedentes aportados, el ingenio en estudio no dispone de lector de discos compactos y los programas contenidos en este soporte deben ser instalados en otra máquina automática para tratamiento o procesamiento de datos (de escritorio o portátil), para permitir que dicha máquina se comunique con el equipo Jornada 720 y, de esta forma, transferir archivos.

 

Que, por lo tanto, el disco compacto que se presenta con el HP Jornada 720 debe clasificarse en conjunto con el referido equipo, acorde lo estipulado en el inciso segundo de la Nota 6 del Capítulo 85.

 

Que, en mérito de las consideraciones vertidas precedentemente, y

 

TENIENDO PRESENTE:

Lo dispuesto en el Reglamento de Dictámenes.

 

SE DECLARA:

1. DISPOSITIVO MOVIL O COMPUTADOR ELECTRÓNICO DE BOLSILLO, MARCA HEWLETT PACKARD, MODELO JORNADA 720, presentado con un disco compacto que contiene programas destinados a ser incorporados en una máquina automática de tratamiento o procesamiento de datos, de escritorio o portátil, con la cual el equipo podrá conectarse para sincronizar la información, su clasificación procede por el Ítem 8471.3000 del Arancel Aduanero nacional.

 

2. Entérese en Tesorería la suma de $ 50.000 (cincuenta mil pesos), valor del presente Dictamen, para cuyo efecto el Sr. Director Regional de la Aduana de Valparaíso formulará el Cargo correspondiente y emitirá el Giro Comprobante de Pago respectivo.

 

Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Servicio.