Dictamen de Clasificación Nº 87, de 15 Noviembre 2002

 

VISTOS:

La solicitud del Agente de Aduanas señor Francisco Vargas S., quien en representación de la empresa Taxonera S.A ., pide que esta Dirección Nacional emita un Dictamen que establezca la clasificación arancelaria que corresponde al producto denominado Premezcla para pan de hamburguesa Pancho Pebete .

 

Informe Nº 036, de 31.07.2002, del Subdepartamento Laboratorio Químico de la Dirección Nacional.

 

Notas Explicativas de la partida 19.01 del Arancel Aduanero.

 

CONSIDERANDO:

Que, la muestra analizada se presenta como un producto de color beige, irregular en su apariencia (se aprecia polvo, cristales y materia grasa), con reacciones químicas que conforman la presencia de harina de trigo, azúcar, materia grasa y cloruro de sodio.

 

Que, de acuerdo a información complementaria proporcionada por los recurrentes, el producto en estudio se utilizará en la industria de la panadería, en cuyo proceso se adicionarán constituyentes como harina de trigo, agua y levadura. Son bases que regularizan la capacidad enzimática de las masas, favoreciendo la retención de ases y aumento de la tolerancia durante la fermentación, garantizando un volumen, aroma, sabor y frescura.

 

Que, su composición química es la siguiente:

 

- Harina de trigo: 31,3%

- Azúcar: 49,5%

- Aceite vegetal: 8,5%

- Sal: 8,2%

- Emulsionante E-481i 472e: 0,85%

- Acido Ascórbico E-300: menor que 1,2%

- Enzima E-1100: menor que 1,2%

 

Que, en la partida 19.01 del Arancel Aduanero Nacional se clasifican, entre otros productos, las preparaciones alimenticias de harina, grañones, sémola, almidón, fécula o extracto de malta, que no contengan cacao o con un contenido de cacao inferior al 40% en peso calculado sobre una base totalmente desgrasada, no expresadas ni comprendidas en otra parte.

 

Que, las Notas Explicativas, en su Apartado II, disponen que la partida 19.01 comprende un conjunto de preparaciones alimenticias a base de harina, sémola, almidón, fécula o extracto de malta que deben su carácter esencial a estos ingredientes aunque no predominen en peso o volumen.

 

Que, además establecen que a estos ingredientes se les pueden añadir otras sustancias tales como leche, azúcar, huevos, caseína, albúmina, grasa, aceite, aromatizantes, gluten, colorantes, vitaminas, frutas y otros frutos u otras materias destinas a aumentar sus propiedades dietéticas.

 

Que, de conformidad con lo expuesto, la clasificación del producto denominado Premezcla para pan de hamburguesa Pancho Pebete procede por el ítem 1901.2090 del Arancel Aduanero Nacional, comprensivo de las demás mezclas y pastas para la preparación de productos de panadería, pastelería o galletería, de la partida 19.05.

 

Que, por tanto,

 

TENIENDO PRESENTE:

Lo dispuesto en el Reglamento de Dictámenes.

 

SE DECLARA:

1. Producto denominado Premezcla para pan de hamburguesa Pancho Pebete , que se presenta como un producto de color beige, irregular en su apariencia (se aprecia polvo, cristales y materia grasa), con reacciones químicas que confirman la presencia de harina de trigo, azúcar, materia grasa y cloruro de sodio, su clasificación procede pro el ítem 1901.2090 del Arancel Aduanero Nacional.

 

2. Entérese en Tesorería la cantidad de $ 50.000.- (cincuenta mil pesos), valor de este Dictamen, para cuyo efecto el Director Regional de la Aduana de Valparaíso formulará el cargo correspondiente y emitirá el Giro Comprobante de Pago (G.C.P.) respectivo.

 

Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Servicio.