Dictamen de Clasificación N° 96, de 10 Octubre 2001

 

VISTOS:

La presentación del Agente de Aduanas, Sr. Edmundo Browne V. quién en representación de sus mandantes, Srs. VIÑA MANQUEHUE S.A., solicita que esta Dirección Nacional emita un Dictamen que establezca la correcta clasificación arancelaria del producto que en marca registrada se denomina Rico Wine Cooler y en lo individual descrito como Rico Sangría (mezcla de vino tinto con jugo de limón) .

 

Informe Técnico Nº 042, de 05.07.2001 e Informe Complementario Nº 058, de 06.09.2001,del Departamento Laboratorio Químico de esta Dirección Nacional de Aduanas.

 

Notas Explicativas para el Capitulo 22 y partidas 22.04 y 22.05. del Arancel Aduanero Nacional.

 

CONSIDERANDO:

Que, la muestra analizada se presenta en envase original de vidrio de 330 ml de contenido neto, con etiqueta impresa con la marca comercial RICO WINE COOLER y con el diseño de la fruta correspondiente al jugo de fruta utilizado en su elaboración, conteniendo una bebida alcohólica mezcla de vino tinto con jugo de limón, gasificada artificialmente con dióxido de carbono, con un grado alcohólico de 8,4º Vol.

 

Que, la parte interesada aporta hoja de análisis técnico del Enólogo, Sr. Marco Puyo A., profesional de la Viña Manquehue S.A., con la composición de la línea rico, entregando las características para el producto RICO SANGRIA que se indica:

 

CEPAJE: Mezcla de cepas tintas

FERMENTACIÓN : A temperatura controlada de 27 a 29 grados Celsius en cubas de acero inoxidable por dos semanas.

VINO : 70%

JUGO DE LIMON : 30%

AZUCARES REDUCTORES : 75 g/l

GRADO ALCOHOLICO máximo : 7 GL

ACIDEZ TOTAL : 3,2 g/l

PH : 3,2

ANHÍDRIDO SULFUROSO LIBRE : 40 mg/l

OTROS PRESENVANTES : Sorbato de potasio : 180 mg/l

SABORIZANTES ARTIFICIALES : NO CONTIENE

COLORANTES ARTIFICIALES : NO CONTIENE

CO2 : 2,5 kg/cm2

 

Que, el Capítulo 22 en su texto comprende las bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre, señalando en su Nota 3 que las bebidas alcohólicas se clasifican, según los casos, en las partidas Nºs. 22.03 a 22.06 o en la partida 22.08.

 

Que, las Notas Explicativas de la Partida 22.05 señalan que dicha posición comprende un conjunto de bebidas utilizadas como aperitivos o tónicos, constituidas por vino de la partida 22.04 procedente exclusivamente de la fermentación de la uva fresca y elaborada con plantas (hojas, raíces, frutos, etc.) o con sustancias aromáticas.

 

Que, la Subpartida 2205.1000 comprende, específicamente, los demás vinos de uvas frescas preparados con plantas o sustancias aromáticas, en la cual debe considerarse incluida la bebida refrescante Rico Wine Cooler, Rico Sangría limón (mezcla de vino tinto con jugo de limón), materia del presente Dictamen, por reunir las características antes descritas.

 

Que, en mérito de lo anterior, y

 

TENIENDO PRESENTE:

Lo dispuesto en el Reglamento de Dictámenes.

 

SE DECLARA:

1. Producto denominado Rico Wine Cooler", refresco Rico Sangría limón (mezcla de vino tinto con jugo de limón) , que se presenta en envase de vidrio de 330 ml de contenido neto, conteniendo una bebida alcohólica a base de vino tinto, jugo de limón y gas carbónico, con un grado alcohólico de 8,4 Vol., su clasificación procede por la Subpartida 2205.1000 del Arancel Aduanero.

 

2. Entérese en Tesorería la cantidad de $50.000.- (cincuenta mil pesos), valor de este Dictamen, para cuyo efecto el Director Regional de la Aduana de Valparaíso formulará el Cargo correspondiente y emitirá el Giro Comprobante de Pago(G.C.P.)respectivo.

 

Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Servicio.