Dictamen de Clasificación N° 99, de 10 Octubre 2001

 

VISTOS:
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La presentación del Agente de Aduanas, Sr. Edmundo Browne V. quién en representación de sus mandantes Srs. “VIÑA MANQUEHUE S.A.,” solicita que esta Dirección Nacional emita un Dictamen que establezca la correcta clasificación arancelaria del producto que en marca registrada se denomina “Soul Wine” y en lo individual descrito como “Soul Wine (mezcla de fino vino tinto y delicioso jugo de limón)”.

 

Informe Técnico Nº 042, de 05.07.2001 e Informe Complementario Nº 058, de 06.09.2001 del Departamento Laboratorio Químico de esta Dirección Nacional de Aduanas.

 

Notas Explicativas para el Capítulo 22 y partidas 22.04 y 22.05.del Arancel Aduanero Nacional.

 

CONSIDERANDO:
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Que, la muestra analizada se presenta en envase original de vidrio de 750 ml de contenido neto, con etiqueta impresa con la marca comercial “SOUL WINE” y con el diseño de la fruta correspondiente al jugo de fruta utilizado en su elaboración, conteniendo una bebida alcohólica mezcla de fino vino tinto con jugo de limón, gasificada artificialmente con dióxido de carbono, con un grado alcohólico de 8,4º Vol.

 

Que, la parte interesada aporta hoja de análisis técnico del Enólogo, Sr. Marco Puyo A., profesional de la “Viña Manquehue S.A.,” con la composición de la línea rico, y asegurando a requerimiento de mayor información por parte del Laboratorio Químico de esta Dirección Nacional, que las mezclas (vino con jugo de fruta) de la línea soul, son semejantes en su composición a la línea rico, por lo tanto las características para SOUL WINE (mezcla de fino vino tinto con jugo de limón) quedan como se indica:

 

CEPAJE : Pedro Jiménez

FERMENTACIÓN : A temperatura controlada de 27 a 29 grados Celsius en cubas de acero inoxidable por dos semanas..

VINO : 70%

JUGO DE LIMON : 30%

AZUCARES REDUCTORES : 75 g/lt

GRADO ALCOHOLICO máximo : 7 GL

ACIDEZ TOTAL : 3,2 g/l

PH : 3,2

ANHÍDRIDO SULFUROSO LIBRE : 40 mg/l

OTROS PRESENVANTES : Sorbato de potasio : 180 mg/l

SABORIZANTES ARTIFICIALES : NO CONTIENE

COLORANTES ARTIFICIALES : NO CONTIENE

CO2 : 2,5 kg/cm2

 

Que, el Capítulo 22 en su texto comprende las bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre, señalando en su Nota 3 que las bebidas alcohólicas se clasifican, según los casos, en las partidas Nºs. 22.03 a 22.06 o en la partida 22.08.

 

Que, las Notas Explicativas de la Partida 22.05 señalan que dicha posición comprende un conjunto de bebidas utilizadas como aperitivos o tónicos, constituidas por vino de la partida 22.04 procedente exclusivamente de la fermentación de la uva fresca y elaborada con plantas (hojas, raíces, frutos, etc.) o con sustancias aromáticas.

 

Que, la Subpartida 2205.1000 comprende, específicamente, los demás vinos de uvas frescas preparados con plantas o sustancias aromáticas, en la cual debe considerarse incluida la bebida refrescante “Soul Wine” (mezcla de fino vino tinto con jugo de limón), materia del presente Dictamen, por reunir las características antes descritas.

 

Que, en mérito de lo anterior, y

 

TENIENDO PRESENTE:
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Lo dispuesto en el Reglamento de Dictámenes.

 

SE DECLARA:
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1. Producto denominado “Soul Wine,” refresco (mezcla de fino vino tinto con delicioso jugo de limón), que se presenta en envase de vidrio de 750 ml de contenido neto, conteniendo una bebida alcohólica a base de vino tinto, jugo de limón y gas carbónico, con un grado alcohólico de 8,4º Vol., su clasificación procede por la Subpartida 2205.1000 del Arancel Aduanero.

 

2. Entérese en Tesorería la cantidad de $50.000.- (cincuenta mil pesos), valor de este Dictamen, para cuyo efecto el Director Regional de la Aduana de Valparaíso formulará el Cargo correspondiente y emitirá el Giro Comprobante de Pago(G.C.P.) respectivo.

 

Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Servicio.