Fallo de Segunda Instancia N° 049, de 15.03.2012

RECLAMO N° 228-2, DE 09.03.2009 ADUANA SAN ANTONIO
DIN N° 3350038497-8 DE 06.07.2007.
CARGO N° 1750 DE 11.11.2008
RESOLUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIAN° 198, DE 05.10.2011
FECHA DE NOTIFICACIÓN: 07.10.2011

VISTOS:

Estos antecedentes: el Oficio Ordinario N° 015, de fecha 18.01.2012, del  Sr Juez Administrador de la  Aduana de San Antonio.

TENIENDO PRESENTE:

Lo dispuesto en el artículo 125 y 126 de la Ordenanza de Aduanas.

SE RESUELVE:

Confirmase el Fallo de Primera Instancia.

Anótese y comuníquese

RESOLUCION DE PRIMERA INSTANCIA N° 198, DE 05.10.2011                   

VISTOS Y CONSIDERANDO:

El reclamo N° 228-2 /09.03.2009, interpuesto de conformidad al artículo 117 y siguientes de la Ordenanza de Aduanas, por el importador Carlos Cavieres Acuña, solicitando dejar sin efecto el cargo N° 1750/11.11.2008, emitido en su contra.-

La Resolución  de fecha 27.08.2010 del Juez Director Nacional, que declara la nulidad de todo lo obrado, retrotrayendo el expediente al estado de dictar un nueva

Resolución de admisibilidad a fojas diecisiete (17) a dieciocho (18).-

El Informe  emitido por el Fiscalizador señor Sergio Riveras Santis, de fojas veinticinco (25)  a veintiocho (28).-

El escrito del recurrente  de fojas uno (1) a diez (10) mediantes el cual alega la prescripción del cargo antes citado, de conformidad al artículo 92 de la Ordenanza de Aduanas.-

La Declaración de Ingreso (Import. Ctdo. Anticipado) N° 3350038497-8, tiene fecha de aceptación 06.07.2007, y el Cargo fue emitido con fecha. 11.11.2008, plazo que supera el año establecido en la mencionada norma anterior,-

Las Resoluciones de Segunda Instancia números 218 , 219 ,220 y 221 todas de fecha 11.04.2011, del Juez Director Nacional  que versan sobre idéntica norma , han sido resueltas de conformidad al plazo prescrito en el citado artículo.-

Lo dispuesto en el artículo 92 de la Ordenanza de Aduanas.

TENIENDO PRESENTE

Los antecedentes  que obran en  esta causa, las facultades que me confiere el art. 17 del D.F.L. 329/79 y lo dispuesto en el artículo  92 de la Ordenanza de Aduanas, dicto La siguiente;

RESOLUCION:

1.- DEJESE SIN EFECTO, EL Cargo N° 1750 de fecha 11.11.2008, formulado al importador  señor CARLOS CAVIERES; RUT N° 5.574.719-9, teniendo presente  exclusivamente  que fue emitido fuera del plazo legal.-

2.- ELEVENSE, los antecedentes  en consulta al Sr. Juez Director Nacional.-

ANOTESE Y COMUNIQUESE.