Clasificación
Fallo Segunda Instancia N° 013, de 02.01.2003
EXPEDIENTE DE RECLAMO Nº 920, DE 09.10.2002
ADUANA DE VALPARAISO
D.A.P.I. Nº 3620042992-8, 23.04.02
CARGO Nº 921.147, DE 28.08.2002
RESOLUCION FALLO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 978, DE 29.11.2002
FECHA NOTIFICACIÓN: 03.12.2002
VISTOS:
Estos antecedentes; Oficio Nº 3255, de 16.12.2002, de
CONSIDERANDO:
Que, se impugna la formulación del Cargo Nº 921.147, de 28.08.2002, de
Que, el Despachador fundamenta su reclamo en la circunstancia que el Cargo fue emitido al detectarse que la partida de calzado no se encontraba depositada en el almacén Particular, en razón de que debió ser trasladada a otra bodega por presentar un alto grado de humedad por efecto de los temporales.
Que, según consta en el Of. Ord. Nº 1704, de 16.10.2002, de
Que, en mérito de lo anterior, y
TENIENDO PRESENTE:
Lo dispuesto en los Artículos 124 y 125 de
SE RESUELVE:
Confirmase el fallo de primera instancia.
Anótese y comuníquese.
RESOLUCION DE PRIMERA INSTANCIA N° 978, DE 29 NOVIEMBRE 2002
VISTOS:
El Reclamo N° 920 de 09.10.2002, interpuesto por el Agente de Aduanas señor Alan Smith T., en representación de
CONSIDERANDO:
Que, el Despachador aduce en su reclamo, que el Cargo fue emitido al haberse detectado que la partida de calzado no se encontraba depositada en el Almacén Particular, en circunstancia que dicha mercancía debió ser trasladada a otra bodega, por presentar un alto grado de humedad por efectos de los temporales.
Que, por Ord. N° 1704 de 16.10.2002,
Que, en el presente reclamo no se ha solicitado causa a prueba, ya que en los argumentos esgrimidos tanto por el reclamante como por el informante no aparecen hechos controvertidos respecto de los cuales no haya coincidencia en cuanto a su naturaleza o circunstancia y que además sean substanciales y pertinentes.
Que de acuerdo a los considerandos precedentemente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia opina que correspondería acoger lo pedido por el recurrente.
TENIENDO PRESENTE:
Estos antecedentes, lo establecido en el Artículo 116 de
RESOLUCION DE PRIMERA INSTANCIA:
1.-DEJESE SIN EFECTO el cargo N° 921.147 de 28.08.2002, por las razones expuestas precedentemente.
2.-ELEVENSE estos antecedentes en consulta a
ANOTESE Y COMUNIQUESE