Gestión Territorial Integrada Puerto Aysén
Administración Aduana de Puerto Aysén
Provincias de jurisdicción:
el territorio y aguas territoriales de la comuna de Aysén, de la provincia del mismo nombre, de la XI Región
Administrador (S): Santiago Ruiz Paredes
Correo electrónico: sruiz@aduana.cl
Nacido en Puerto Natales el 23 de octubre de 1962. Casado.
Egresado en la especialidad de Electromecánica en 1980. Técnico en Comercio Exterior en 1983. Ingeniero en Ejecución en Comercio Exterior, IPLACEX en el 2003. Contador Público Auditor con Licenciatura en Ciencias Contables, Universidad del Mar año 2005.
Realizó su práctica en la Aduana de Punta Arenas en 1983, ingresó al Servicio en 1985, a la planta Administrativa. En 1989 ingresó a la planta de Fiscalizadores, siendo además en varias oportunidades Administrador Subrogante en la Aduana de Tocopilla y Chañaral.
En el 2005 ingresa a la planta Directiva, siendo desde Marzo del 2005 a la fecha Administrador Subrogante de la Aduana de Puerto Aysen. .
Dirección del edificio de la Administración
OHiggins Nro. 40 Puerto Chacabuco
Teléfono (56 67) 35 11 38
Fax (56 67) 35 11 02
Oficina de Informaciones Reclamos y Sugerencias OIRS
Nombre Encargada: Imma Iglesia Ballesteros
Correo electrónico: consultas_ptoaysen@aduana.cl
Teléfono (56 67) 35 11 38
Fax (56 67) 35 11 02
Horario de Atención OIRS
8:30 a 17:15 Hrs.
Jurisdicción y zonas primarias
La Aduana de Aysén se establece a través del Decreto Supremo N° 1.230/1989.
A través de la Resolución N° 4134 del 10 de Agosto de 1998, se definieron las Zonas Secundarias de jurisdicción de las Aduanas del país, estableciendo para Aysén lo comprendido por el territorio y aguas territoriales de la comuna de Aysén, de la provincia del mismo nombre, de la XI Región.
Dentro de la jurisdicción de la Aduana de Aysén se establecieron, a través del Decreto Supremo N° 1.230/1989, el siguiente punto habilitado para las distintas operaciones aduaneras que se señalan
Punto Habilitado | Habilitación | Operaciones Aduaneras |
Puerto Chacabuco | Permanente | Paso de personas y todo tipo de operaciones aduaneras. |
A su vez, en el artículo 7° señala Deróganse todos los decretos supremos que habilitan pasos, boquetes o puntos no contemplados en el presente decreto.
Ubicación geográfica del punto habilitado.
Punto Habilitado | Coordenadas geográficas(1) | Provincia | Provincia |
Puerto Chacabuco | Latitud Sur 45° 28´ Longitud Oeste 72° 49´ |
Aysén | Aysén |