Preguntas Exportación de Servicios
¿Quienes pueden prestar un servicio de exportación?
Toda persona natural o jurídica que cumpla con los requisitos establecidos en la Resolución N° 2511/2007 y efectúe una prestación a personas sin domicilio ni residencia en Chile.
Se deberá presentar una solicitud con antecedentes en la Dirección Nacional de Aduanas, Subdepto. Normas Especiales, Condell 1530, Valparaíso.
- Resolución Nº 2511
- Instrucciones de llenado y descarga de Solicitud.
- Listados de Servicios Calificados Como Exportación
No, este termina con la presentación del Documento Único de Salida, DUS, ante la Aduana respectiva.
Si el valor del servicio no supera los US$ 2.000 no es necesario efectuar el trámite con un Agente, se puede tramitar en forma personal una DUS Simplificada, DUSSI, si el valor supera los US$ 2.000 debe obligadamente realizar el trámite con un Agente de Aduana.
Facturar la prestación con exención del Impuesto al Valor Agregado, IVA, y/o recuperar el IVA pagado con la adquisición de bienes o contratación de servicios necesarios para realizar la exportación, cuando dicha prestación sea calificada como exportación de servicios por el Servicio Nacional de Aduanas.