RESOLUCION EXENTA Nº 2529
VISTOS:
Lo dispuesto en el inciso
quinto del artículo 1º de la ley Nº 19.772, sobre contingentes de
azúcar; y en los números 26 y 27 de la Resolución Exenta Nº 4062/03, de
esta Dirección Nacional;
CONSIDERANDO:
Que,
mediante Resolución Exenta Nº 1033/02.03.2007, modificada por
Resolución Exenta Nº 1142/09.03.2007, ambas de esta Dirección Nacional
se llamó al segundo proceso para la asignación de contingentes de
azúcar, establecidos por el artículo 1º de la ley Nº 19.772, para ser
importados durante el período correspondiente al año 2007, convocatoria
publicada con fechas 09.03.07 y 12.03.2007 en el diario El Mercurio de
Santiago y en la página web del Servicio Nacional de Aduanas.
Que, de acuerdo a la certificación de fecha 23.03.07 suscrita por el Secretario General de la Dirección Nacional de Aduanas, se presentaron un total de siete interesados.
Que, de conformidad con
el número 23 de la Resolución Exenta Nº 4062/03, con fecha 23.04.07 se
notificaron las asignaciones provisorias de contingentes a las 7
empresas beneficiarias, publicándose, además, en la página web del
Servicio Nacional de Aduanas, con la finalidad de que los interesados
pudieran ejercer el derecho a solicitar una revisión del proceso según
lo dispuesto por los números 24 y siguientes de la resolución citada.
Que,
no habiéndose presentado solicitud de revisión y encontrándose vencido
el plazo para ello, de conformidad con el calendario de la convocatoria
efectuada por Resolución Exenta Nº 1033/02.03.07, modificada por
Resolución Exenta Nº 1142/09.03.2007, corresponde notificar la
asignación definitiva del contingente a las empresa beneficiarias; y
TENIENDO PRESENTE:
Lo
dispuesto por el inciso quinto del artículo 1º de la ley Nº 19.772; los
números 26 y siguientes de la Resolución Exenta Nº 4062/04, de esta
Dirección Nacional; los números 7, 8 y 16 del artículo 4º del decreto
con fuerza de ley Nº 329/79, ley orgánica del Servicio Nacional de
Aduanas, dicto la siguiente:
RESOLUCIÓN:
APRUÉBASE la asignación definitiva de los contingentes de azúcar establecidos por el artículo 1º de la ley Nº 19.772, como resultado del segundo proceso para el año 2007, convocado por Resolución Exenta Nº 1033/02.03.2007, modificada por Resolución Exenta Nº 1142/09.03.2007, ambas de esta Dirección Nacional, según el detalle que se consigna en Anexo 1 de esta resolución, documento que forma parte integrante de la misma.
NOTIFÍQUESE dicha asignación de conformidad con el número 26 de la Resolución Exenta Nº 4062/03.
Los contingentes asignados deberán ser importados por sus beneficiarios a partir del 18.05.2007 y hasta el 30.09.2007.
ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN LA PÁGINA WEB DEL SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS
SERGIO MUJICA MONTES
DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS