Saldos de Libre Disposición Proceso 2008

Encontrándose finalizado el proceso correspondiente al año 2008 para la asignación e importación de contingentes de azúcar de 60.000,  30.000, 12.000 y 3.000 toneladas, establecidos en el   artículo 1° de la ley Nº 19.772, convocados  por Resoluciones Exentas Nºs 5291, de 01.10.07 y 6168, de 13.08.08, de esta Dirección Nacional, se comunica a todos los interesados que han quedado a la libre disposición las siguientes cantidades de contingentes de azúcar, que deberán provenir del origen que para cada caso se indica.

Subpartida/Ítem

Arancel Aduanero

Cantidad contingente

(en toneladas)

Distribución por país de origen

Toneladas

1701.99

60.000

Argentina

15.469.-

Guatemala

6.202.-

Brasil

9.491.-

Otros*

7.051.-

1701.9100

30.000

Colombia

15.000.-

Cualquier origen**

15.000.-

1701.91 y 1701.99

 

12.000

Bolivia

6.000.-

Colombia

3.459.-

3.000

Cualquier origen***

2.416.-

TOTAL

105.000

 

80.088.-

 

*          “otros” no incluye Argentina, Guatemala y Brasil

**         “Cualquier origen”      incluye Colombia

***       “Cualquier origen”      incluye Bolivia y Colombia

                                  

Los saldos de libre disposición serán asignados de acuerdo al orden cronológico en que sean aceptadas las declaraciones .

Los contingentes de libre disposición deberán importarse hasta el 31 de diciembre de 2008.

Valparaíso,  13 de noviembre de 2008.