VALORACIÓN: Resolución 114

RECLAMO Nº489/26.10.01 ADUANA IQUQUE

VISTOS Y CONSIDERANDO:

El reclamo acumulado Nº 489/26.10.01 interpuesto por el Agente de Aduanas Sr. Jorge Alfaro O. en representación de Soc. importadora Exportadora Rowch Ltda., mediante el cual impugna los cargos Nºs 675,676 y 677/20.08.01 formulados por derechos dejados de percibir por errónea aplicación de ajuste en las D.I. Nºs 6190015092-9, 6190015084-5 y 6190015095-3 de fecha 18.05.01.

El fallo de primera instancia Resolución Nº 047/12.01.04.

Que, tal como se expresa en dicho fallo, en el aforo físico no se dejó constancia de la cantidad de casacas de cuero que se estaban importando, tampoco los cálculos de las unidades por fardos fueron el reflejo de la realidad del contenido, toda vez que, estos fueron el resultado sólo de aproximaciones.

TENIENDO PRESENTE:

Las disposiciones de la Ley Nº 18.525/86, las Normas de Valoración del Capítulo II de la Resolución Nº 2400/85, y las facultades que me confiere el artículo 4º del DFL Nº 329/79, dicto la siguiente:

RESOLUCIÓN:

CONFÍRMASE EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.

JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS