VALORACION: RESOLUCION N° 1
RECLAMO Nº 11/12.01.2009
ADUANA SAN ANTONIO
VISTOS:
El Reclamo Nº 011/12.01.2009 (fs. 1), deducido por haberse declarado, por error, los valores considerando una cláusula de compra: CFR, en lugar de la correcta: FOB, existiendo menos derechos e impuestos cancelados, para las mercancías consistentes en televisores en color LG, 21 pulgadas, pantalla plana, de origen chino, mediante D.I. N° 3470470762-4/14.11.2008 (fs. 4).
La Resolución Exenta N° 069/12.02.2009 (fs. 18/19).
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Exenta Nº 69/12.02.2009, fallo en primera instancia, que ha lugar a lo solicitado, estableciendo un nuevo valor aduanero para la D.I. antes citada, y formulando denuncia por infracción al art. 174 de la Ordenanza de Aduanas, decisión que este Tribunal aprueba.
Que, se constata, en esta instancia, la correcta cláusula de compra : FOB, conforme se desprende la Factura Comercial N° ESY100206339-1 (fs. 9), de fecha 01.10.2008, en lugar de la declarada: CFR, para la D.I. N° 3470470762-4/14.11.2009.
TENIENDO PRESENTE:
Las normas de valoración comprendidas en el Capítulo II del Compendio de Normas Aduaneras; y
Las facultades que me confiere el artículo 4º Nº 16 D.F.L. Nº 329, de 1979; dic-to la siguiente:
RESOLUCIÓN:
1.- CONFIRMASE FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.
JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS