VALORACION:Resolucion n°133

RECLAMO Nº 009/21.01.2005 ADUANA SAN ANTONIO

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE:
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El Reclamo Nº 009/21.01.2005 (fs. 1 a 3), deducido en contra del Cargo N 183/14.12.2004 (fs.20), por haberse aplicado valor de mercancía similar para el Item N 1, consistentes en discos compactos (CD), de la D.I. Nº 6610018190-9/23.02.2004 (fs. 13 y 14);

 

La Resolución Nº 035/15.02.2005 (fs.30 a 32), fallo en primera instancia que deja sin efecto el Cargo reclamado, por estar mal declarada la cantidad de mercancías y su valor FOB unitario, lo que indujo a la Fiscalizadora a aplicar un valor de mercancía similar, que en este caso no procedía, decisión que este Tribunal aprueba;

 

Las normas de valoración comprendidas en el Capítulo II de la Resolución Nº 2.400, de 1985, vigentes a la fecha de aceptación de la D.I. antes citada;

 

Las facultades que me confiere el artículo 4º Nº 16 D.F.L. Nº 329, de 1979; dicto la siguiente:

 

RESOLUCIÓN:
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CONFÍRMASE EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA

 

JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS