VALORACION: RESOLUCION N° 178

 

RECLAMO  Nº 1.317 / 28.11.2008

ADUANA  METROPOLITANA. 

 

VISTOS Y CONSIDERANDO:  

 

Estos antecedentes y la Resolución de Primera Instancia Nº 214 del 27 de Marzo del 2009, a fs. 14 y 15,  que estableció un nuevo valor aduanero de US$ 103.88 en  Declaración de Ingreso y Pago Simultáneo DIPS 470000107-0 del 24.11.2008 de la Aduana Metropolitana, a fs. 1,  consignada al Sr. Rodrigo Valdés, por cuanto en el documento aduanero se suscribió erróneamente un valor  FOB  para este despacho  de US$ 594.90 en circunstancias que correspondía señalar el monto indicado en documento comercial a fs. 5, emitido por el proveedor Sres. Amazon.com Miami, U.S.A. que asciende a un  total de US$ 59.49

 

 

Que analizados los antecedentes adjuntos al expediente este tribunal determina confirmar lo resuelto en primera instancia y corregir los valores indebidamente conformados, por corresponder, y 

 

TENIENDO PRESENTE:

 

Las Normas de Valoración referentes al Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VII  del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio; los Artículos 117º y siguientes  de la Ordenanza de Aduanas  y  las facultades que me confiere el Artículo 4º Nº 16  del D.F.L. Nº 329, de 1979, dicto la siguiente:

 

RESOLUCIÓN :

 

 

CONFIRMASE EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.           

 

 

JUEZ  DIRECTOR  NACIONAL  DE  ADUANAS